Inscripción de régimen patrimonial posterior al matrimonio | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite registrar el cambio de régimen patrimonial de un matrimonio.

¿Quién puede solicitarlo?

Los cónyuges que deseen modificar su régimen patrimonial.

Requisitos principales

  • Nota dirigida al Director General.
  • Acta de matrimonio.
  • Escritura notarial (original y copia).

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Las partidas expedidas por este Registro Civil que deban ser presentadas en el exterior, tienen que ser legalizadas o apostilladas ante el <a href="https://www.cancilleria.gob.ar/">Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación</a> ingresando en <a href="https://www.cancilleria.gob.ar/legalizaciones-y-apostillas">link</a>.

Resumen

Este trámite permite inscribir la elección de un régimen patrimonial diferente al original después de haberse casado.

Lo que necesitas

  • Nota dirigida al Director General.
  • Acta de matrimonio.
  • Escritura notarial (original y copia).

Cómo hacerlo

  1. Presentate en la Sede Central del Registro Civil: Acercate a la mesa de entrada del Registro Civil, en Uruguay 753 (1° piso), de lunes a viernes, de 8:30 a 14 hs.

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