Inscripción de régimen patrimonial posterior al matrimonio

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir la elección de un régimen patrimonial diferente al legal después de haber contraído matrimonio.

¿Quién puede solicitarlo?

Los cónyuges que deseen modificar su régimen patrimonial después del matrimonio.

Requisitos principales

  • Presentar la documentación requerida en la Sede Central del Registro Civil.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, depende de la gestión interna.

Información adicional

Las partidas expedidas por este Registro Civil que deban ser presentadas en el exterior, tienen que ser legalizadas o apostilladas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación ingresando en este <a href="https://www.cancilleria.gob.ar/legalizaciones-y-apostillas">link</a>. Si tenés alguna duda, podés realizar una consulta a <a href="mailto:actuacionesjudicialesregcivil@buenosaires.gob.ar">actuacionesjudicialesregcivil@buenosaires.gob.ar</a>, enviando las partidas o documentación pertinente.

Resumen

Este trámite permite inscribir la elección de un régimen patrimonial diferente al legal después de la celebración del matrimonio.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Nota dirigida al Director General.
  • Acta de matrimonio.
  • Escritura notarial (original y copia).

Costos

  • Gratis

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Presentate en la Sede Central del Registro Civil: Acercate a la mesa de entrada del Registro Civil, Uruguay 753 (1° piso), de lunes a viernes, de 8:30 a 14 hs.

Información Adicional

Recordá que si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

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