Inscripción al Registro Público de Productores de Eventos Masivos
Información Rápida
Objetivo
Permite a las personas físicas o jurídicas que organicen eventos masivos registrarse en el registro correspondiente.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que desarrollen la actividad de Productor de Eventos Masivos.
Requisitos principales
- Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Completar el formulario correspondiente.
- Presentar la documentación requerida en el Anexo I de la Ley 5641.
Plazos
La solicitud de renovación debe presentarse con una antelación de sesenta (60) días hábiles al vencimiento de la inscripción actual.
Duración del trámite
1 año
Información adicional
Las solicitudes presentadas por personas no inscriptas en el Registro, serán rechazadas en forma inmediata. La inscripción tiene una duración de un año y caduca automáticamente al vencer el plazo.
Resumen
Este trámite permite a las personas físicas o jurídicas que organicen eventos masivos inscribirse en el Registro Público de Productores de Eventos Masivos.
Quién puede usar este servicio
Toda persona física o jurídica que desarrolle la actividad de Productor de Eventos Masivos.
Lo que necesitas
Requisitos previos
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si tenés dudas, consultá la Plataforma miBA o los niveles de seguridad de clave miBA.
- Formulario (Anexo IA y Anexo IB de la Resolución 2/AGC/20217)
- Documentación del Anexo I de la Ley 5641.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD)
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada.
- Realizá la inscripción
- Presentá la solicitud de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Productores de Eventos Masivos, con una antelación de sesenta (60) días hábiles al vencimiento.
- Los requisitos para la renovación son iguales que para la inscripción.
Costos
El trámite es gratuito.
Más información
- Las solicitudes presentadas por personas no inscriptas en el Registro, serán rechazadas en forma inmediata.
- Notificación y duración del Registro: la inscripción en el Registro tiene una duración de un (1) año a partir de su inscripción. Vencido el plazo y por el solo transcurso del tiempo, la registración caduca de pleno derecho, sin necesidad de notificación al inscripto.
- Podés visualizar el listado de empresas inscriptas, ingresando al portal web del Registro Público de Productoras de Eventos Masivos.
- Las consultas serán respondidas de manera online, a través de nuestra Mesa de Atención Virtual, o en forma presencial.
Descargas
- LEY 6593 TARIFARIA 2023.pdf
- Resol - 2 - agc - 2017
- Anexo i a - inscripcion
- Anexo i b - documentacion
- Anexo i - espectaculos y diversiones publicas
- Anexo i - reglamento
- Instructivo ley eventos masivos
- LEY TARIFARIA 2025.pdf
- ANEXO LEY TARIFARIA 2025.pdf
- RESOLUCION Nº 9440-MHFGC-2024. Valor de la UT desde 1-1-25.pdf
Organismo Responsable
Agencia Gubernamental de Control - Dirección General de Habilitaciones y Permisos. Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941. Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 13.30 hs.