Inscripción al Registro del Distrito de las Artes | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Objetivo
Permite registrarse en el Registro del Distrito de las Artes para acceder a los beneficios que ofrece el distrito.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades artísticas dentro del Distrito de las Artes.
Requisitos principales
- DNI vigente (digital)
- Constancia de inscripción en AFIP
- Documento que acredite el domicilio (boleto de compraventa, contrato de alquiler, etc.)
- Formulario de Inscripción (Anexo II) con firma certificada (para personas físicas y jurídicas)
- Cumplir con los requisitos específicos según seas persona física o jurídica (ver detalle en la descripción del trámite)
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite te permite inscribirte en el Registro del Distrito de las Artes.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos varían según seas persona física o jurídica:
Requisitos generales:
- DNI vigente (digital).
- Constancia de inscripción en AFIP.
- Documento que acredite el domicilio (boleto de compraventa, contrato de alquiler, etc.).
Persona Física:
- Formulario de Inscripción (Anexo II) con firma certificada.
- Copia certificada del DNI del firmante.
- Constancia de Inscripción en AFIP.
- Constancia de Inscripción ante la AGIP (si corresponde).
- Copia certificada del contrato de alquiler o escritura del inmueble.
- Certificado de Antecedentes penales, otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia.
- Acreditar el cumplimiento de al menos uno de los siguientes parámetros:
- Certificado de arquitecto o ingeniero que indique que al menos el 50% del inmueble se destina a la actividad promovida.
- Copia del Formulario 931 de AFIP y de Altas Tempranas de los empleados, acreditando que al menos el 50% de los empleados se destinan a la actividad promovida.
- Certificación contable que acredite que al menos el 50% de la masa salarial se destina a la actividad promovida.
- Certificación contable que acredite que al menos el 50% de la facturación corresponde a la actividad promovida.
- Si no cumple ninguno de los 4 parámetros, deberá acreditar al menos dos circunstancias en las que se haya desempeñado como artista en los últimos tres años.
Persona Jurídica:
- Formulario de Inscripción con firma certificada.
- Copia certificada del DNI del firmante.
- Constancia de Inscripción en AFIP.
- Constancia de Inscripción ante la AGIP (si corresponde).
- Copia certificada del Estatuto Societario y de la última designación de autoridades, inscriptos en el Registro Público de Comercio.
- Copia certificada del contrato de alquiler o escritura del inmueble.
- Copias certificadas de las actas de Asamblea y Directorio (si corresponde).
- Copia del Formulario 931 de AFIP y de Altas Tempranas (en caso de personal contratado).
- Acreditar el cumplimiento de al menos dos de los siguientes parámetros:
- Certificado de arquitecto o ingeniero que indique que al menos el 50% de la superficie del inmueble se destina a la actividad promovida.
- Copia del Formulario 931 de AFIP y de Altas Tempranas de los empleados, acreditando que al menos el 50% de los empleados se destinan a la actividad promovida.
- Certificación contable que acredite que al menos el 50% de la masa salarial se destina a la actividad promovida.
- Certificación contable que acredite que al menos el 50% de la facturación corresponde a la actividad promovida.
- Para Estudios de Artistas, declaración jurada con la cantidad de unidades funcionales, residenciales o espacios adaptados, afirmando que el establecimiento cumple con el requisito de ocupación mínima del 30% del inmueble por beneficiarios de la Ley Nº 4.353.
- Copia de los actos administrativos por los cuales se incorporó a los beneficiarios correspondientes en el Registro del Distrito de las Artes.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Presentate en la Dirección General Desarrollo Productivo con la documentación requerida.
Costos
El trámite es gratuito.
Más información
- Certificado de Superficie:
- Si es emitido por arquitecto, debe ser certificado por el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo (CEPAU).
- Si es emitido por ingeniero, debe ser certificado por el Centro Argentino de Ingenieros (CAI).
- Certificado de Facturación / Masa Salarial: Debe estar emitido por contador o auditor externo y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
- Para mayor información, podés ingresar en el Portal Web del Distrito de las Artes.
- Por consultas, podés comunicarte telefónicamente al 5030-9100 (interno 2258).