Inmobiliario/ABL – Cese de exención jubilados y pensionados

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite dar de baja la exención del pago de ABL para jubilados y pensionados debido a venta, fallecimiento, renuncia o cambios en las condiciones originales.

¿Quién puede solicitarlo?

Jubilados y pensionados que previamente gozaban de la exención y necesitan darla de baja.

Requisitos principales

  • Los requisitos para realizar este trámite se encuentran en la <a href="https://www.agip.gob.ar/tramites/259">web de AGIP</a>.

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite permite dar de baja la exención del pago de la contribución inmobiliaria (ABL) para jubilados y pensionados en caso de venta de la propiedad, fallecimiento del beneficiario, renuncia a la exención o modificación de las condiciones que dieron origen a la misma.

Recordá que también podés realizar este trámite online a través del Sistema de Tickets (SiT), sin necesidad de ir a la Sede Central de AGIP ni a las delegaciones de AGIP en las Sedes Comunales.

Lo que necesitas

Requisitos

Podés encontrar los requisitos detallados para realizar este trámite en la web de AGIP.

Costos

El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Pasos para realizar el trámite

El trámite puede realizarse de forma online o presencial:

Información Adicional

Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas. En ese caso, deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.

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