Impuesto inmobiliario-exención ABL inmueble sala teatral no prof ley 156
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario (ABL) para inmuebles destinados a salas teatrales no oficiales, conforme al Art. 12 de la Ley 156.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares, representantes o apoderados de inmuebles destinados a salas teatrales no oficiales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Requisitos principales
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Presentar la documentación requerida en original y/o copias autenticadas según se especifica.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, depende de la tramitación.
Información adicional
Las autenticaciones de copias y certificaciones de firma deben ser realizadas por Escribano Público (con firma certificada por el Colegio de Escribanos) o autoridad judicial. Las certificaciones de firmas también pueden ser realizadas por entidad bancaria o autoridad policial.
Resumen
Este trámite permite solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario (ABL) para aquellos inmuebles donde se realizan actividades teatrales no oficiales, según lo establecido en el Art. 12 de la Ley 156.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares, representantes o apoderados de inmuebles destinados a salas teatrales no oficiales.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Usuario y clave miBA nivel 2 o 3 (más información en Plataforma miBA y sobre los niveles de seguridad de clave miBA).
- DNI de la persona que realiza la presentación (original y fotocopia).
- Escritura traslativa de dominio del inmueble o contrato de alquiler (fotocopia autenticada).
- Certificado expedido por el Registro de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PROTEATRO) (fotocopia autenticada).
- Último comprobante de pago del ABL (fotocopia autenticada).
- Declaración jurada indicando el porcentaje del inmueble destinado a la actividad teatral.
Requisitos adicionales según el solicitante:
- Titular: DNI (original y fotocopia).
- Representante:
- Autorización del titular con certificación de firma ante Escribano Público o autoridad policial (original y fotocopia).
- DNI (original y fotocopia).
- Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público (original).
- DNI (original y fotocopia).
- Constancia de CUIT de la entidad.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Realizar el trámite online:
- Ingresar al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciar sesión con usuario y contraseña miBA.
- Seguir las indicaciones y cargar la información solicitada.
- Realizar el trámite presencial (con turno previo):
- Reservar un turno en la web de AGIP para concurrir a la Sede Central.
Después de hacerlo
- No se especifica información sobre los pasos posteriores.
Ayuda
Contacto:
- Llamar al 147.
- Chatear con la Ciudad.
Recursos adicionales:
- Sede Comunal 4 (Av. del Barco Centenera 2906, Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 hs)
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