Impuesto inmobiliario-exención ABL ex combatientes | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Objetivo
Solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario (ABL) para ex combatientes de Malvinas o sus familiares directos, aplicable a la vivienda única y permanente.
¿Quién puede solicitarlo?
Ex combatientes de Malvinas (o sus familiares directos) que sean propietarios de un único inmueble destinado a vivienda.
Requisitos principales
- Ser ex combatiente de Malvinas o familiar directo.
- Ser propietario de un único inmueble destinado a vivienda.
- Cumplir con los requisitos de documentación.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario (ABL) si sos ex combatiente de Malvinas o familiar directo. La exención se aplica a la vivienda única y permanente del solicitante.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
- Ex combatientes de Malvinas (conscriptos, voluntarios, civiles, oficiales, suboficiales) que sean titulares de un único inmueble destinado a vivienda.
- Cónyuges, hijos menores o padres de ex combatientes fallecidos o que no sean propietarios de su vivienda.
- En caso de condominios, la participación del solicitante debe ser superior al 33%.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- DNI del solicitante (original y fotocopia).
- DNI del ex combatiente (original y fotocopia).
- Certificado de actuación en Malvinas expedido por la Jefatura del Estado Mayor del arma (original y fotocopia).
- Escritura del inmueble a nombre del solicitante, inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble (original y fotocopia).
Documentación adicional según el caso:
- Titular: DNI (original y fotocopia).
- Representante: Autorización del titular con firma certificada ante escribano o autoridad policial (original y fotocopia) y DNI del representante (original y fotocopia).
- Apoderado: Poder suscripto ante escribano público (original) y DNI del apoderado (original y fotocopia).
- Beneficiario indirecto: Partida de matrimonio o nacimiento que acredite el parentesco (original y fotocopia), partida de defunción del ex combatiente (si aplica, original y fotocopia), comprobante de pago del ABL (original y fotocopia), nota de solicitud de exención y declaración jurada de que el inmueble es vivienda propia.
Trámite online:
- Usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Más información en Plataforma miBA y sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
Cómo hacerlo
Iniciá el trámite:
- Online: A través de Trámites a Distancia (TAD). Ingresá con tu usuario miBA, seguí los pasos y cargá la documentación.
- Presencial:
- En la sede central de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
- En las Delegaciones de AGIP en las Sedes Comunales, según el domicilio del titular.
- En la Dirección General Mesa General de Entrada, Salida y Archivo (Av. Rivadavia 524 PB, Lunes a Viernes de 9.30 a 15.30 hs).
Información adicional
- Las autenticaciones de copias y certificaciones de firma deben ser realizadas por Escribano Público (con firma certificada por el Colegio de Escribanos), entidad bancaria o autoridad policial.
- Es importante dar de baja la exención en caso de venta o transferencia del inmueble.
- Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, comunicate con el 147 para indicar un correo alternativo y recibir la confirmación de citas.
Descargas
Encontrá la oficina más cercana
- Subsede Comunal 3 (Moreno 2301, Lunes a viernes de 8.30 a 15.30 hs)
- Sede Comunal 4 (Av. del Barco Centenera 2906, Lunes a viernes de 9.30 a 15.30 hs)
- Sede Comunal 6 (Av. Patricias Argentinas 277, Lunes a viernes de 8.30 a 15.30 hs)
- Sede Comunal 11 (Av. Beiró 4680, Lunes a viernes de 8.30 a 15.30 hs)
- Sede Comunal 12 (Holmberg 2548, Lunes a viernes de 8.30 a 15.30 hs)