Impuesto inmobiliario-exención ABL de interés histórico o edilicio Ley Nac. 12665
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario (ABL) para inmuebles declarados de interés histórico o edilicio, según la Ley Nacional 12665 y el Código Fiscal.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios de inmuebles declarados monumentos históricos o de interés histórico/edilicio.
Requisitos principales
- Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Contar con la documentación requerida.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, depende de la evaluación de la documentación.
Información adicional
Las autenticaciones de copias y certificaciones de firma deben ser realizadas por Escribano Público o autoridad judicial. Las certificaciones de firmas también pueden ser realizadas por entidad bancaria o autoridad policial.
Resumen
Este trámite permite solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario (ABL) si tu propiedad está catalogada como monumento histórico o de interés edilicio, según lo establecido en el Código Fiscal y la Ley Nacional 12665.
Quiénes pueden solicitarlo:
- Propietarios de inmuebles declarados monumentos históricos.
- Propietarios de inmuebles calificados de interés histórico o edilicio.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si no tienes cuenta, puedes crearla en la Plataforma miBA. Infórmate sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
- Documento Nacional de Identidad (DNI, L.E. o L.C.; C.I. solo para extranjeros): original y fotocopia.
- Poder registrado en la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo: fotocopia donde conste el número otorgado agregando, en carácter de Declaración Jurada, que el poder se encuentra vigente.
- Norma (Ley/ Decreto) en el que conste la declaración del Inmueble como Monumento Histórico, o sitio de interés Histórico o Edilicio: fotocopia autenticada.
- Último comprobante de pago del ABL: fotocopia
- Nota de solicitud de exención.
Requisitos Adicionales según el caso:
- Representante (persona física): Autorización del titular con certificación de su firma (original y fotocopia) y DNI del representante (original y fotocopia).
- Apoderado: Poder suscripto ante escribano público (original y fotocopia) y DNI del apoderado (original y fotocopia).
- Personas Jurídicas: Constancia de CUIT del titular (original y fotocopia).
Cómo hacerlo
Pasos para realizar el trámite:
- Preparar la documentación: Reúne todos los requisitos mencionados.
- Presentar la documentación: Puedes hacerlo de dos maneras:
- Online:
- Ingresa al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Inicia sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Sigue las indicaciones y carga la información solicitada.
- Presencial:
- Acércate a la Sede Central de AGIP, ubicada en Viamonte 900 PB, a la Sede Comunal 4 en Av. Del Barco Centenera 2906, o a la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires: Av. Rivadavia 524 PB, de lunes a viernes de 9.30 a 15.30 hs, con DNI.
- Online:
Después de hacerlo
- Una vez presentada la documentación, se evaluará la solicitud.
- El tiempo de resolución puede variar.
Ayuda
- Contacto: Llama al 147 o chatea con la Ciudad.