Impuesto de sello reintegro

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar el reintegro del impuesto de sellos pagado en la Ciudad de Buenos Aires.

¿Quién puede solicitarlo?

Contribuyentes directos o Agentes de Recaudación que hayan pagado el Impuesto de Sellos en la Ciudad de Buenos Aires y consideren que tienen derecho a un reintegro.

Requisitos principales

  • Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
  • Cumplir con la documentación específica según el tipo de contribuyente (Directo o Agente de Recaudación).

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, depende de la documentación y el caso.

Información adicional

Si te has desuscrito de los correos electrónicos del Gobierno de la Ciudad, es posible que no recibas el correo de confirmación. En ese caso, debes comunicarte al 147 para proporcionar una dirección de correo electrónico alternativa.

Resumen

Este trámite permite solicitar la devolución del Impuesto de Sellos que se haya pagado en la Ciudad de Buenos Aires. Se realiza de forma online a través de la plataforma TAD.

Quién puede usar este servicio:

  • Contribuyentes directos.
  • Agentes de Recaudación.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • DNI del solicitante.
  • Impuesto de sellos.
  • Nota solicitando el reintegro, indicando los motivos, teléfono y domicilio en CABA (si corresponde).

Documentación adicional (según el tipo de contribuyente):

  • Contribuyentes Directos:
    • Contrato o instrumento que tributó.
    • Boleta del Impuesto de sellos y comprobante de pago original.
    • Autorización de los demás intervinientes (si corresponde).
    • Resolución que disminuya el Valor Locativo de Referencia (VLR) o Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) (si aplica).
    • Contrato constitutivo, actas de designación de autoridades, poder con facultades suficientes para actuar ante AGIP (solo para personas jurídicas).
  • Agentes de Recaudación (excepto Entidades Financieras y Compañías de Seguro):
    • Escritura o instrumento que tributó.
    • Declaración Jurada del impuesto.
    • Comprobante de pago del tributo en original.
    • DNI del apoderado.
    • Autorización de los intervinientes.

Requisitos previos:

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
  2. Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
  3. Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación requerida.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez ingresada la solicitud, será evaluada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

Plazos de resolución:

  • No se especifica un plazo de resolución.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:


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