Grandes contribuyentes descargo de intimación
Información Rápida
Objetivo
Permite al contribuyente realizar un descargo ante intimaciones recibidas por parte de la Subdirección General de Agentes de Recaudación y Control Fiscal – Dirección Grandes Contribuyentes.
¿Quién puede solicitarlo?
Contribuyentes que hayan recibido una intimación de la Subdirección General de Agentes de Recaudación y Control Fiscal – Dirección Grandes Contribuyentes.
Requisitos principales
- Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si no tenés cuenta, podés crearla en la <a href="https://buenosaires.gob.ar/jefaturadegabinete/innovacion/plataforma-miBA">Plataforma miBA</a>. Conocé más sobre los <a href="https://buenosaires.gob.ar/seguridadmiba">niveles de seguridad de clave miBA</a>.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
El descargo puede ser por falta de presentación de declaración jurada ISIB, falta de pago del impuesto sobre los ingresos brutos, multa por omisión de declaración jurada, deducciones improcedentes, incorrecta aplicación de alícuota o diferencias de base imponible. Para consultas, visitá <a href="https://autogestion.agip.gob.ar/cuit/infoagip">InfoAgip</a>, la <a href="http://www.agip.gob.ar">web de AGIP</a> o comunicate al 147.
Resumen
Este trámite permite realizar un descargo ante una o varias intimaciones recibidas por parte de la Subdirección General de Agentes de Recaudación y Control Fiscal – Dirección Grandes Contribuyentes.
¿Quién puede usar este servicio?
Contribuyentes que hayan recibido una intimación.
Lo que necesitas
Requisitos
- Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si tenés dudas, consultá la Plataforma miBA o los niveles de seguridad de clave miBA.
- Formulario de descargo de intimación.
- Intimación recibida.
- Presentación de la declaración jurada.
Cómo hacerlo
Paso a paso
- Realizá el trámite online: Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
- Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.
Más información
El descargo debe corresponder a alguno de los siguientes motivos:
- Falta de presentación de declaración jurada ISIB.
- Falta de pago del impuesto sobre los ingresos brutos.
- Multa por omisión de declaración jurada.
- Deducciones improcedentes.
- Incorrecta aplicación de alícuota.
- Diferencias de base imponible.
Completá los requisitos y cargá la documentación según el trámite: FALTA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA ISIB y MULTA POR OMISIÓN DE DECLARACIÓN JURADA.
Para otras consultas, visitá InfoAgip, la web de AGIP o comunicate al 147.
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