Grandes contribuyentes descargo de intimación

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite al contribuyente realizar un descargo ante intimaciones recibidas por parte de la Subdirección General de Agentes de Recaudación y Control Fiscal – Dirección Grandes Contribuyentes.

¿Quién puede solicitarlo?

Contribuyentes que hayan recibido una intimación de la Subdirección General de Agentes de Recaudación y Control Fiscal – Dirección Grandes Contribuyentes.

Requisitos principales

  • Tener usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si no tenés cuenta, podés crearla en la <a href="https://buenosaires.gob.ar/jefaturadegabinete/innovacion/plataforma-miBA">Plataforma miBA</a>. Conocé más sobre los <a href="https://buenosaires.gob.ar/seguridadmiba">niveles de seguridad de clave miBA</a>.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

El descargo puede ser por falta de presentación de declaración jurada ISIB, falta de pago del impuesto sobre los ingresos brutos, multa por omisión de declaración jurada, deducciones improcedentes, incorrecta aplicación de alícuota o diferencias de base imponible. Para consultas, visitá <a href="https://autogestion.agip.gob.ar/cuit/infoagip">InfoAgip</a>, la <a href="http://www.agip.gob.ar">web de AGIP</a> o comunicate al 147.

Resumen

Este trámite permite realizar un descargo ante una o varias intimaciones recibidas por parte de la Subdirección General de Agentes de Recaudación y Control Fiscal – Dirección Grandes Contribuyentes.

¿Quién puede usar este servicio?

Contribuyentes que hayan recibido una intimación.

Lo que necesitas

Requisitos

Cómo hacerlo

Paso a paso

  1. Realizá el trámite online: Ingresá al Sistema de Tramitación a Distancia (TAD).
  2. Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
  3. Seguí las indicaciones y cargá la información solicitada.

Más información

El descargo debe corresponder a alguno de los siguientes motivos:

  • Falta de presentación de declaración jurada ISIB.
  • Falta de pago del impuesto sobre los ingresos brutos.
  • Multa por omisión de declaración jurada.
  • Deducciones improcedentes.
  • Incorrecta aplicación de alícuota.
  • Diferencias de base imponible.

Completá los requisitos y cargá la documentación según el trámite: FALTA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA ISIB y MULTA POR OMISIÓN DE DECLARACIÓN JURADA.

Para otras consultas, visitá InfoAgip, la web de AGIP o comunicate al 147.

Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación. En ese caso, comunicate con el 147 para indicar un correo alternativo.

Descargas

Ayuda

  • Consultas: Llamar al 147 o chatear con la Ciudad vía WhatsApp.

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