Extranjeros
Información Rápida
Objetivo
Permite a los extranjeros residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires obtener la habilitación para conducir, según su estatus migratorio.
¿Quién puede solicitarlo?
Extranjeros con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que cuenten con radicación permanente, temporaria o precaria otorgada por la Dirección General de Migraciones.
Requisitos principales
- Tener domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Contar con la radicación vigente o precaria.
- Presentar la documentación que acredite identidad y domicilio.
- Presentar el certificado de legalidad de la licencia.
Plazos
La radicación temporaria debe estar vigente en el DNI. En caso de radicación vencida, se debe presentar la disposición de residencia vigente o el certificado de residencia precaria vigente.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la situación migratoria.
Información adicional
La información asentada en el sistema de turnos, boletas de pago y declaraciones juradas debe coincidir con el número de DNI o pasaporte, según corresponda. Los extranjeros con certificado de residencia precaria como refugiados o solicitantes de asilo deben solicitar turnos antes de las 15 hs.
Resumen
Este trámite permite a los extranjeros que residen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires obtener la habilitación para conducir. El proceso y los requisitos varían según el tipo de radicación que posean.
Quién puede usar este servicio
Extranjeros con domicilio en CABA que cuenten con radicación otorgada por la Dirección General de Migraciones.
Importante
En todos los casos, se solicitan los requisitos impresos. Debes presentar la documentación que acredite identidad y domicilio correspondiente al último estado de tu radicación y certificado de legalidad de la licencia.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
La documentación varía seg ún el tipo de radicación:
- Extranjeros con Radicación Permanente:
- Último DNI tramitado donde conste domicilio en CABA.
- Extranjeros con Radicación Temporaria (vigente en DNI):
- Último DNI tramitado donde conste domicilio en CABA.
- Extranjeros con radicación vencida en DNI, y disposición de residencia, temporaria o permanente, vigente:
- Último DNI tramitado.
- Disposición de residencia temporaria o permanente (será corroborada en la web de migraciones).
- Certificado de residencia precaria con domicilio en CABA (otorgada al momento de actualización de radicación).
- Documento de identidad con el que fue tramitada la radicación.
- Certificación de datos de donde surja el domicilio real en CABA asentado en el expediente (domicilio que quedará asentado en el nuevo DNI, que debe coincidir con el del certificado de residencia precaria).
- Extranjeros con radicación vencida en DNI, y certificado de residencia precaria:
- Último DNI tramitado
- Certificado de residencia precaria vigente con domicilio en CABA (será corroborada en la web de migraciones)
- Documento de identidad con el que fue tramitada la radicación
- Extranjeros sin DNI y con certificado de radicación precaria:
- Pasaporte válido al momento de radicación.
- Certificado de residencia precaria vigente con domicilio en CABA (será corroborada en la web de migraciones)
- Documento de identidad con el que fue tramitada la radicación
Consideraciones adicionales
- Toda la información asentada en el sistema de turnos, boletas de pago, DDJJ, etc. deberá hacerse bajo el N° de DNI.
- Toda la información asentada en el sistema de turnos, boletas de pago, DDJJ, etc. deberá hacerse bajo el N° de Pasaporte
- Los extranjeros con certificado de residencia precaria como refugiados o solicitantes de asilo deberán solicitar turnos en un horario anterior a las 15 hs para cualquier trámite.