Excedente de FOT (afecta a CPU)
Información Rápida
Objetivo
Este trámite se aplica cuando un expediente tramitado bajo la Ley 449/2000 (Código de Planeamiento Urbano) requiere una interpretación urbanística y resulta en una superficie edificable mayor a la permitida por la normativa.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona con un expediente en curso bajo la Ley 449/2000 que requiera una interpretación urbanística.
Requisitos principales
- El expediente debe haber sido iniciado antes de la entrada en vigencia de la ley 6099/2018 (Código Urbanístico).
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
El trámite está sujeto a aranceles según la Ley Tarifaria vigente.
Resumen
Este trámite se aplica a expedientes que cursan bajo la Ley 449/2000 (Código de Planeamiento Urbano) y requieren una interpretación urbanística, resultando en una superficie edificable mayor a la permitida por la normativa específica.
¿Cuáles son los requisitos?
- Contar con un expediente caratulado con anterioridad a la ley 6099/2018 (Código Urbanístico).
Cómo hacerlo
Pasos para realizar el trámite
- No se requiere la creación de un expediente por TAD. La notificación se realizará en el marco del expediente vigente.
Costos del trámite
Costos
- Excedente de FOT (afecta a CPU): 330,00 UT* por m2
Los costos se determinan de acuerdo a la Ley Tarifaria vigente. Este trámite es arancelado según la Ley Tarifaria Vigente.
*Unidades tarifarias
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Organismo Responsable
Jefatura de Gabinete – Subsecretaría de Gestión Urbana- Dirección General de Interpretación Urbanística
Ubicación: Av. Martín García 364