Convención Matrimonial Posterior a la Ceremonia | Buenos Aires Ciudad - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actualizado el 23 de febrero de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Inscribir cambios en el régimen de bienes del matrimonio después de la ceremonia.
¿Quién puede solicitarlo?
Un escribano público habilitado.
Requisitos principales
- Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Escritura pública original con nota de presentación.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.
Resumen
Este trámite te permite registrar cambios en el acuerdo de bienes de tu matrimonio después de la ceremonia.
¿Quién puede usar este servicio?
Un escribano público habilitado debe iniciar el trámite.
Lo que necesitas
- Usuario y clave miBA nivel 2 o 3: Si no tenés cuenta o necesitas ayuda, visitá la Plataforma miBA. Informate sobre los niveles de seguridad de clave miBA.
- Escritura pública original con nota de presentación.
Cómo hacerlo
- Iniciá el trámite online: Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
- Iniciá sesión: Usá tu usuario y contraseña de miBA.
- Seguí los pasos: El sistema te guiará y te pedirá que subas la documentación necesaria.
Costos
El trámite es gratuito.
Descargas
Ayuda
Si te diste de baja de los correos electrónicos del Gobierno de la Ciudad, no recibirás el correo de confirmación. Llamá al 147 para proporcionar una dirección de correo electrónico alternativa.
- Dirección General de Registro Civil: Uruguay 753. Horario de atención: Lunes a viernes de 7.30 a 19 hs.
- Llamar al 147
- Chateá con la Ciudad