Convención Matrimonial Posterior a la Ceremonia

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir cambios en el Régimen Patrimonial del Matrimonio posteriores a la celebración.

¿Quién puede solicitarlo?

Un escribano público habilitado.

Requisitos principales

  • Contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
  • El trámite lo debe iniciar un escribano público habilitado.

Duración del trámite

Variable, depende de la gestión interna.

Resumen

Este trámite permite inscribir cambios en el régimen patrimonial de un matrimonio, realizados con posterioridad a la ceremonia.

¿Quién puede usar este servicio?

Un escribano público habilitado es quien debe iniciar este trámite.

Antes de empezar

Es necesario contar con usuario y clave miBA nivel 2 o 3. Si tienes dudas sobre cómo crear tu cuenta o validar tu identidad, puedes consultar la Plataforma miBA. Para más información sobre los niveles de seguridad de la clave miBA, visita niveles de seguridad de clave miBA.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Escritura pública original con nota de presentación.

Costes y plazos

  • El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Realizá el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD):
    • Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
    • Iniciá sesión con tu usuario y contraseña miBA.
    • Seguí los pasos indicados por el sistema y cargá la documentación solicitada.

Después de hacerlo

No hay información disponible sobre los pasos posteriores.

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