Certificado de Discapacidad: Otorgamiento y Renovación para empleados del Gobierno de la Ciudad
Información Rápida
Objetivo
Obtener o renovar el Certificado de Discapacidad, un documento de validez nacional, para empleados del Gobierno de la Ciudad que presenten una alteración funcional física, sensorial, mental o intelectual que implique desventajas para su integración familiar y social.
¿Quién puede solicitarlo?
Empleados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentren en actividad y que presenten una discapacidad.
Requisitos principales
- Ser empleado del Gobierno de la Ciudad en actividad.
- Presentar la documentación requerida según el tipo de discapacidad (visual, mental, auditiva, visceral, motora).
Plazos
El certificado médico debe tener una vigencia no menor a 6 meses.
Duración del trámite
Se entrega en el día si la Junta Evaluadora Interdisciplinaria acredita lo certificado por el médico especialista.
Información adicional
El Certificado Único de Discapacidad (CUD) no se tramita durante episodios agudos ni mientras se encuentre en pleno tratamiento. Lo que acredita la discapacidad son las secuelas funcionales, las cuales se manifiestan plenamente pasado el episodio agudo.
Resumen
Este trámite permite a los empleados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires obtener o renovar el Certificado de Discapacidad. Este certificado es un documento de validez nacional que se otorga a personas con alteraciones funcionales físicas, sensoriales, mentales o intelectuales que impliquen desventajas significativas para su integración familiar y social.
Quién puede usar este servicio: Empleados del Gobierno de la Ciudad en actividad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- DNI vigente con domicilio en la Ciudad (original y fotocopia de ambas caras).
- Certificado vencido (sólo en caso de renovación).
- Planilla de Solicitud de Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- Certificado médico con firma y sello, con vigencia no menor a 6 meses, expedido por especialista, que contemple: Diagnóstico y estado actual, Resumen detallado de la historia clínica, Secuelas y consecuencias de la enfermedad de base, Alternativas de tratamiento (en caso de corresponder).
Requisitos adicionales según la discapacidad:
- Visual:
- Mental:
- Auditiva:
- Visceral:
- Motora:
Costos y plazos:
- El trámite es gratuito.
- El certificado médico debe tener una vigencia no menor a 6 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Iniciá la Solicitud del Certificado Único de Discapacidad (CUD): Si tenés que solicitar un turno con la Junta Médica Evaluadora para otorgamiento por primera vez, ampliación de Certificado Único de Discapacidad (CUD) o renovación de certificados No Certificado Único de Discapacidad (CUD), podes hacerlo de forma online, a través del Formulario Online de Solicitud del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- Reuní la documentación solicitada para iniciar el trámite de forma online: Una vez reunida la documentación requerida, descargá y completá la Solicitud de Certificado Único de Discapacidad (CUD), en el archivo rellenable. También podés imprimirlo y completarlo a mano.
- Tramitá el Certificado Único de Discapacidad (CUD): Luego de reunir todos los requisitos, ingresá al Formulario Online de Solicitud del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- Realizá la Carga de Formularios: Completá los campos de datos y cargá los formularios requeridos.
- Esperá el mail con la respuesta a tu solicitud: Un operador revisará tu solicitud y la aprobará o, en su defecto, te indicará la documentación faltante.
- Otorgamiento del turno: Si la documentación que cargaste en el formulario es aprobada, se te informará al mail que registraste el turno que te fue asignado para asistir a la Junta Médica Evaluadora.
- Realizá la certificación: El día del turno, acercate al Centro Integral de Evaluación y Orientación de la Discapacidad, ubicado en Piedras 1281, con tu documento y la documentación requerida. Si la Junta Evaluadora Interdisciplinaria acredita lo certificado por el médico especialista responsable, se entrega el Certificado en el día.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Si la Junta Evaluadora Interdisciplinaria acredita lo certificado por el médico especialista responsable, se entrega el Certificado en el día. Luego, los asesores de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) del Gobierno de la Ciudad te orientarán en todos los beneficios y trámites que cada uno de ellos conllevan.
- Si la Junta Evaluadora no acredita lo constatado por el médico, el estado del Certificado será:
- Pendiente: cuando la Junta considere que la información contenida en el sobre no esté completa o no garantice documentalmente la condición secuelar de su condición de salud. En esa instancia, entregarán un formulario indicando lo que se requiere complementar o agregar para incorporar a lo presentado, y que sea respaldatorio para avalar la discapacidad solicitada. Además, se asignará un nuevo turno para cumplir con lo requerido. La documentación presentada quedará a resguardo del Centro.
- Denegado: cuando la Junta considere que la documentación presentada no logra alcanzar la línea de corte de estructura y función establecida por la Reglamentación Vigente, como tampoco el porcentaje exigido para las categorías codificadas de las funciones actividad y participación. La Junta entregará a la persona un informe en que se deja constancia de los motivos de la denegatoria y de la normativa que avala los requisitos que no se hubieran alcanzado. En estos casos, la persona podrá solicitar ser evaluado por una segunda Junta. Si así lo hiciera, se le otorgara un nuevo turno.
Ayuda
Contacto:
Recursos adicionales:
- Para saber más acerca de este trámite, ingresá a la Guía de Información.
- Si perdiste o te robaron el Certificado Único de Discapacidad (CUD), informate sobre cómo tramitarlo.
Información importante:
- El Certificado Único de Discapacidad (CUD) no se tramita durante episodios agudos, aunque haya un diagnóstico que no permita vislumbrar mejoría, ya que va a realizar sugerencias de apoyo terapeútico (Kinesiologia, rehabilitación, hogar de día, etc) que deben evaluarse en que la patología quedó definida. No corresponde proceder a la evaluación de la discapacidad antes de los seis meses de dicho episodio, como tampoco mientras se encuentre en pleno tratamiento por el mismo y/o internado.
- Lo que acredita la discapacidad son las secuelas funcionales. Y, ya que las mismas se manifiestan plenamente pasado el episodio agudo, no corresponde proceder a la evaluación de la discapacidad antes de los tres meses de dicho episodio, como tampoco mientras se encuentre en pleno tratamiento por el mismo, y/o internado. De esa manera, la Junta podrá recomendar los requerimientos prestacionales.
Descargas:
- Requisitos Discapacidad Auditiva.pdf
- Requisitos Discapacidad Mental.pdf
- Requisitos Discapacidad Motora.pdf
- Requisitos Discapacidad Visceral.pdf
- Requisitos Discapacidad Visual.pdf
- Solicitud CUD.pdf
- Certificado de discapacidad - P1.pdf
- Certificado de discapacidad - P4.pdf
- Certificado de discapacidad - P5.pdf
- Certificado de discapacidad - P6.pdf
- Certificado de discapacidad - P7.pdf
- Certificado de discapacidad - P8.pdf
- Certificado de discapacidad - P9.pdf
- Certificado de discapacidad - P10.pdf
- Certificado de discpacidad - P3.pdf