Autorización de Actividades Económicas
Información Rápida
Objetivo
Obtener la autorización necesaria para llevar a cabo una actividad económica en la Ciudad de Buenos Aires, cumpliendo con la normativa vigente.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona responsable que desee ejercer una actividad económica en la Ciudad de Buenos Aires.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos específicos según el tipo de autorización (Exprés, con plano, sin plano, Licencia).
- Presentar la documentación requerida en la plataforma TAD.
- En caso de Licencia, esperar la aprobación y notificación fehaciente antes de iniciar la actividad.
Plazos
La vigencia de la Licencia es de 15 años. Cumplido ese plazo, se debe presentar una Declaración responsable de actualización de datos.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del tipo de autorización.
Información adicional
Existen diferentes tipos de autorizaciones (Declaración Responsable Exprés, Declaración Responsable Sin Planos, Declaración Responsable Con Plano, Licencia), cada una con sus particularidades y requisitos. Es importante verificar cuál corresponde según la actividad y las características del local.
Resumen
Este trámite permite a los ciudadanos obtener la autorización necesaria para realizar una actividad económica en la Ciudad de Buenos Aires. Se basa en la Ley N° 6101, Ley Nº 6.779, Decreto N° 40/19 y Resolución N° 28/AGC/25.
Quién puede usar este servicio:
Cualquier persona que desee iniciar una actividad económica en la Ciudad de Buenos Aires.
Lo que necesitas
Los requisitos varían según el tipo de autorización:
Declaración Responsable Exprés:
- Declaración responsable.
- Certificado de aptitud ambiental.
Declaración Responsable:
- Declaración Responsable (Solicitud de Autorización y Anexo Técnico).
- Formulario de Conformación de la Unidad de Uso y/o Certificado de sobrecarga (si corresponde).
- Plano de Uso de Actividad Económica (si corresponde).
- Certificado de aptitud Ambiental.
- Autorización de Emplazamiento (si corresponde).
- Documentación que acredite el cumplimiento del artículo 3.9.9 del Código de Edificación (si corresponde).
- Documentación adicional exigida por la normativa específica de la actividad económica.
Costos:
El trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
- Inicio del trámite: Ingresa a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) con tu usuario y clave miBA nivel 2 o 3 y selecciona “Autorización de actividad económica” de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).
- Ingresar la declaración responsable: Adjunta toda la documentación requerida.
- Confirmar el trámite.
Especificaciones según el tipo de autorización:
- Declaraciones responsables exprés: Se tramitan sin intervención del Profesional Responsable y se otorgan de manera exprés si la unidad de uso cumple con las condiciones del art. 23 de la Resolución N°28/AGC/25. Se otorga el Certificado de Autorización de manera exprés.
- Declaraciones responsables con plano y Declaraciones responsables sin plano: Se genera una oblea con código QR, y la actividad queda librada al uso, pero la aprobación final del trámite queda sujeta a la revisión técnica analítica de la Dirección General Habilitaciones y Permisos.
- Licencia: Se genera el Código QR indicando que la actividad “no se encuentra librada al uso”. La solicitud queda sujeta a la revisión técnica analítica de la Dirección General Habilitaciones y Permisos y a la verificación inspectiva por parte de la Dirección General Fiscalización y Control.
Importante: Si el trámite corresponde a una Licencia, se puede comenzar la actividad una vez aprobado el trámite, con una vigencia de 15 años. Cumplido ese plazo, se debe presentar una Declaración responsable de actualización de datos.
Después de hacerlo
- Gestiona el Libro de Registro de Inspecciones Digital, ingresando al portal del Libro Digital con tu usuario y clave miBA nivel 2 o 3.
- Si tu trámite de Autorización de Actividad Económica corresponde a un trámite no ingresado por plataforma SSIT, a un expediente anterior al año 2015, deberás solicitar un turno web para retiro de trámites aprobados para presentarse en la Agencia Gubernamental de Control (AGC), ubicada en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941, para la rúbrica del Libro de Inspecciones.
Ayuda
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Consultas:
- Llamar al 147
- Chatear con la Ciudad
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Normativa:
- Ley N° 6.101: Ley marco de Regulación de Actividades Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Ley N° 6.779: Modificación de la Ley N° 6.101.
- Decreto N° 40/19: Reglamentación de la Ley N° 6.101.
- Ley N° 6.099: Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- C.E Ley 6438 consolidado y modificaciones: Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Decreto N° 87/19 y modificación: Cuadro de Asimilación de Rubros.
- Resolución N° 28/AGC/25: Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades Económicas.
- Anexo I Resolución N° 28/AGC/25: Procedimiento para la tramitación de Autorización de Actividades económicas.
- Anexo III Resolución N° 28/AGC/25: Modelos de formularios de presentación de solicitud de actividad económica.
- Anexo II Resolución N° 28/AGC/25: Usos de actividad económica y clasificación de trámites.
- Resolución N° 422/AGC/20: Implementación del Libro de Inspecciones Digital.
- Anexo Resolución N° 422/AGC/20: Procedimiento para acceder al Libro de Inspecciones Digital.
- Anexo Ley 6643 2023: Derogan artículos del Anexo de la Ley N° 6593. Tarifaria 2023.
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Descargas:
- Ley 6101. Ley marco de regulación de act. económicas de CABA.pdf
- Decreto 87 de 2019.pdf
- Decreto Nº 40-2019.pdf
- Texto actualizado Ley 6099. C. Urbanístico.pdf
- C.E. Ley 6438 Consolidado, y modificaciones.pdf
- Resol Nº 422-AGC-20.pdf
- Anexo Resol Nº 422-AGC-20.pdf
- Resolución 28-AGC-25.pdf
- Anexo Ley 6643.pdf
- Anexo I resolución 28-AGC-25.pdf
- Anexo II resolución 28-AGC-25.pdf
- Anexo III RESOLUCIÓN Nº 28-AGC-25.pdf
- LEY 6779 2024.pdf
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Organismo Responsable:
- Agencia Gubernamental de Control - Dirección General Habilitaciones y Permisos
- Ubicación: Tte. Juan Domingo Perón 2941
- Días de atención: Lunes a viernes
- Horarios de atención: 9 a 13.30 hs
Recuerda que, si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir el mail de confirmación de citas, por lo que deberás comunicarte con el 147 para indicar un correo alternativo.