Acuerdos espontáneos entre trabajadores y empleados
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a trabajadores y empleadores resolver conflictos laborales de manera definitiva, evitando instancias judiciales, mediante acuerdos espontáneos homologados por la Dirección General Relaciones del Trabajo.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores y empleadores que deseen resolver conflictos laborales de manera consensuada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Requisitos principales
- El acuerdo debe incluir información detallada del trabajador y empleador.
- Se requiere la asistencia de un letrado patrocinante o representante gremial.
- Pago del arancel correspondiente al 1% del monto total del acuerdo.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
La Dirección General Relaciones del Trabajo facilita la resolución de conflictos laborales en la Ciudad de Buenos Aires a través de acuerdos entre trabajadores y empleadores.
Lo que necesitas
Requisitos para celebrar acuerdos espontáneos:
- Formulario de inicio de Procedimiento de Acuerdo espontáneo (se completa en TAD).
- El Acuerdo debe incluir:
- Datos del trabajador: Nombre, apellido, CUIL, domicilio, datos del letrado/asesor, domicilio en CABA.
- Datos del empleador: Razón social, CUIT, representante y domicilio laboral en CABA.
- Correos electrónicos de ambas partes.
- Fecha de ingreso (y egreso si corresponde).
- Objeto del acuerdo (artículo de la LCT aplicable).
- Salario y categoría laboral.
- Convenio colectivo aplicable.
- Liquidación acordada.
- Forma de pago (máximo 6 cuotas, cada una no inferior al salario mensual).
- Acta de ratificación.
- Documentación:
- DNI del trabajador vigente.
- Documentación que acredite personería del representante del empleador (poder, actas, estatutos, etc.) con declaración jurada de vigencia.
- Telegrama de renuncia (si aplica).
- Fotocopia de cheques entregados (si aplica, deben ser "no a la orden" y "sin cruzar").
- Constancia de pago del arancel del 1%.
Cómo hacerlo
Pasos:
- Cargar la documentación en Trámites a Distancia (TAD):
- Ingresar a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) con usuario y contraseña miBA.
- Seguir los pasos y cargar la documentación.
- Presentarse en la sede acordada:
- Con asistencia de letrado patrocinante o representante gremial.
- Tolerancia máxima de 15 minutos.
Costos
- Arancel del 1% sobre el monto total del acuerdo a abonar en la Cta. Cte. 210238/4 Banco Ciudad, CBU Nº 0290000100000021023846, Sucursal 111, CUIT 34-99903208-9.
Más Información
- Los acuerdos espontáneos permiten resolver diferencias laborales sin llegar a la instancia judicial.
- Para dudas, visitar la web de la Dirección General Relaciones del Trabajo.
Recordatorio:
Si te desuscribiste de los mails del Gobierno de la Ciudad, no podrás recibir la confirmación de citas. Contactar al 147 para indicar un correo alternativo.