Incluir a un nuevo integrante en una pensión ya concedida

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Si querés acceder a la pensión que ya está cobrando otro familiar de la persona fallecida, tenés que acreditar el vínculo con esa persona fallecida, para poder compartir el cobro del beneficio.

Tené en cuenta que el hecho de que uno de los integrantes del grupo familiar tenga derecho a la pensión, no excluye al resto. Es por eso, que cumplidos determinados requisitos, la pensión se comparte y es posible que los porcentajes se modifiquen si a alguno deja de corresponderle la totalidad de la prestación o se incluye un nuevo beneficiario.

¿A quién está dirigido?

A un familiar de una persona fallecida, por la que otro familiar percibe ya la pensión. Puede ser:

  • Esposa/esposo.
  • Conviviente (acreditado).
  • Hijos menores de edad.
  • Hijos discapacitados sin límite de edad.

¿Qué necesito?

DNI original de los integrantes del grupo familiar.

Certificado de discapacidad, en caso de corresponder.

Si se trata de una pensión por el fallecimiento de un jubilado, puede requerir documentación adicional.

¿Cómo hago?

1

Entrá a Mi ANSES con tu clave de la seguridad social y fijate si tus datos y los de tu grupo familiar están actualizados. Es necesario que acredites el vínculo con la persona fallecida.

2

Reuní la documentación necesaria y sacá un turno en ANSES.

3

Consultá la información del día y el lugar del turno asignado y aceptalo o cancelalo.

4

Presentá la documentación en la UDAI u oficina por la que optaste al sacar el turno, en el día y la hora indicados.

Podés consultar a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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