Si sos titular de algún beneficio, tenés que registrar y mantener actualizados tus datos personales y los de tu grupo familiar. Te va a servir para hacer trámites y para cobrar las diferentes asignaciones, jubilaciones o pensiones que otorga ANSES.
¿A quién está dirigido?
A jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones de ANSES.
¿Qué necesito?
Acreditación de hijo
- Partida de nacimiento con la información del menor y los padres. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuados del visado, traducción y legalización como así también de la acotación o apostilla.
- DNI del hijo y de los padres.
- En el caso de un hijo adoptado: testimonio o copia de la sentencia de adopción, DNI del hijo y de los padres adoptantes.
Acreditación de matrimonio, divorcio y separación
Matrimonio:
- Acta, partida o certificado de matrimonio. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida.
- DNI de los cónyuges.
Divorcio vincular o separación personal:
- Testimonio o copia de la Sentencia de Divorcio o Separación Personal.
- Documento Nacional de Identidad.
Separación de hecho:
- Declaración Jurada o Información Sumaria Judicial o Administrativa.
- Documento Nacional de Identidad.
Acreditacion de convivencia y convivencia previsional
Convivencia:
Contar con una sentencia o resolución judicial (sentencia judicial, información sumaria judicial) o una constancia de registro civil o juez de paz (declaración jurada, acta de convivencia, unión civil, unión convivencial) o concurrir a ANSES con dos testigos para completar el formulario PS.1.45 Información Sumaria de Convivencia, debiendo presentar al menos uno de los siguientes documentos:
- Póliza de seguro del titular, donde el/la conviviente figure como titular de la prestación o cotitular.
- Contrato de vivienda familiar, debidamente estampillado o timbrado, de donde surja que ambos conviven bajo el mismo techo.
- Comprobante de Obra Social del titular, donde el/la conviviente figure como titular de la prestación.
- Partidas de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.
- Igual domicilio en ambos DNI.
- Información sumaria judicial con dos testigos.
- DNI de los convivientes, y en el caso que corresponda, de los testigos.
Convivencia previsional:
Al fallecer un miembro de la pareja, para acceder a la pensión se debe:
Comprobar la convivencia hasta el momento en que se produjo la muerte.
- Demostrar la duración del vínculo por un período de al menos 5 años o de 2 años en el caso de tener hijos en común.
Cómo acreditar la convivencia previsional
Opción 1 - Presentar una de las siguientes pruebas:
- Instrumento público donde conste la declaración de la relación de la convivencia o concubinato formulada por el causante o ambos convivientes (resolución judicial, denuncia penal, sentencia judicial, escritura pública, información sumaria Judicial o administrativa con la participación del causante o ambos convivientes).
- Información sumaria judicial tramitada por la/el conviviente-derechohabiente con dos testigos con la participación de ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere.
- Partida de matrimonio de argentino/s celebrado en el extranjero entre el período comprendido entre el 01/03/1956 y el 21/06/1987, existiendo una relación matrimonial vigente.
- Unión Civil.
Opción 2 - Presentar al menos tres pruebas de las siguientes seis:
- Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos sin la participación del causante.
- Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como titular de la prestación la/el conviviente.
- DNI de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio. En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá DNI de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES.
- Orden de pago previsional o comprobante de pago previsional donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir.
- Partida de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.
Una de las siguientes pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia:
- Póliza de seguro, donde surja como titular de la prestación la/el concubina/o.
- Contrato de locación familiar, debidamente sellado o timbrado, de donde surja que ambos conviven en el mismo domicilio.
- Documentos de tarjeta de crédito, de donde surja que ambos convivientes tienen igual domicilio, o son co-titulares de la misma.
- Documentación del banco de una cuenta corriente o caja de ahorros, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son co-titulares de la cuenta.
- Servicios públicos a nombre del/de la conviviente, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio.
Acreditacion de otros vínculos
Menores a cargo por la AUH
Para registrar el vínculo de un menor de 18 años o mayor discapacitado por un abuelo, hermano o tío (parientes por consanguinidad hasta el tercer grado).
- DNI del menor y del familiar que lo tenga a cargo.
- Información sumaria judicial o informe emitido por el Ministerio de Desarrollo Social donde conste:
- La relación de consanguinidad entre ambos.
- La convivencia con el menor o mayor discapacitado que se encuentra a su cargo, indicando que no existe guardador, tutor o curador designado judicialmente.
- La fecha de inicio de la relación.
Tutela
Para registrar el vínculo con menores de 18 años cuando no esté a cargo de ninguno de los padres:
- Testimonio de tutela o copia de la sentencia, o certificado expedido por autoridad judicial.
- DNI del menor y del tutor.
Guarda
Para registrar el vínculo con menores de 18 años que se encuentran a cargo de una persona física o institución:
- Testimonio o copia de la sentencia de guarda, certificado de guarda expedido por autoridad judicial.
- DNI del menor y del guardador.
Tenencia legal
Para registrar el vínculo con menores de 18 años que se encuentran a cargo de uno de los padres por sentencia judicial:
- Testimonio o copia de la sentencia.
- DNI del menor y del padre que posea la tenencia.
Tenencia de hecho
Para registrar el vínculo con menores de 18 años que se encuentran a cargo de uno de los padres por acuerdo entre ellos:
- Acuerdo de partes realizado ante un mediador matriculado en el Ministerio de Justicia de la Nación, ante Escribano Público o ante la Justicia competente o través del Formulario de Conformidad de Tenencia, que se realiza en una oficina de ANSES con ambos padres presentes o un acuerdo privado con firma certificada por Escribano Público, entidad bancaria o Autoridad Judicial competente.
- DNI del menor y de los padres.
Curatela
Para registrar el vínculo con mayores de 18 años insano:
- Testimonio o copia de la sentencia.
- DNI de ambos.
Consultá en la web de ANSES cuáles son los requisitos y la documentación necesaria específica.
¿Cómo hago?
1
Para actualizar domicilio y contacto (teléfono y correo electrónico)
Ingresá a Mi ANSES con la Clave de la Seguridad Social y modificá domicilio y datos de contacto registrados.
También podés hacerlo a través de la línea telefónica gratuita 130, de 8 a 20 h.
2
Para actualizar datos de tus relaciones familiares (hijos y pareja) o de tu identidad
Acercate a la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina más cercana a tu domicilio, sin turno previo.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito