La Ley Nº 19.279 y sus modificatorias, surgen con el objetivo de facilitar la adquisición de un automóvil para uso personal, a fin de favorecer el ejercicio de una profesión, estudios, u otras actividades. El beneficio otorgado a través de esta norma es que la persona podrá adquirir el vehículo sin pagar el impuesto al valor agregado (IVA) en caso de tratarse de un automóvil nacional. En caso de un automóvil importado, podrá adquirir el vehículo sin pagar el derecho de importación, de las tasas de estadística por servicio portuario, impuestos internos y el valor agregado.
¿A quién está dirigido?
A aquellas personas con discapacidad que no pueden hacer uso del transporte público y que tienen la capacidad económica para poder comprar y mantener el vehículo.
¿Qué necesito?
Original o copia certificada de la factura proforma (firmada y sellada por la concesionaria) de un automotor standard y el de menor precio dentro de su modelo (acompañá el folleto comercial). Debe incluir:
- Para autos importados: marca, modelo y versión completa (incluyendo tipo de transmisión y cantidad de puertas; valor FOB (valor en puerto de origen); gastos (flete y seguro); valor final; N°de VIN (9 primeros dígitos); procedencia. Si esta documentación proviene del extranjero debe estar legalizada ante el Agente Consular del país de origen, con firma certificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país.
- Para autos nacionales: marca, modelo y versión completa del vehículo solicitado (incluyendo tipo de transmisión y cantidad de puertas); valor de plaza; I.V.A. descontado (21%); valor final a abonar.
Certificado de capacidad económica que otorga la AFIP.
Solicitud de franquicia.
Certificado médico original con una antigüedad no mayor a seis (6) meses. El llamado Certificado de Discapacidad no es requisito para obtener la franquicia ya que la evaluación médica la realiza una Junta Médica especialmente constituida para este trámite.
Copia certificada del DNI de quien solicita la franquicia, con domicilio real actualizado.
Si la persona con discapacidad maneja el vehículo, deberá presentar copia certificada del registro de conducir.
- Si no conduce: copia certificada del carnet vigente de un familiar conviviente (con documentación que acredite el vínculo y copia certificada de su DNI).
- Si es un menor de edad: copia certificada del registro de conductor de ambos padres, en caso que ellos vayan a conducir.
- Todas las presentaciones realizadas en fotocopia deberán estar certificadas por autoridad competente (escribano, juez de paz, autoridad policial).
Importante: En caso de tener un vehículo adquirido por la franquicia, con carácter previo al requerimiento de un nuevo automotor, deberá solicitarse la libre disponibilidad del primero. Vale aclarar que la libre disponibilidad por tiempo transcurrido no es automática, y en todos los casos debe ser requerida ante este Organismo.
¿Cómo hago?
1
Solicitá el Certificado de capacidad económica de AFIP. Podés consultar desde aquí cómo Obtener el Certificado de Capacidad Económica.
2
Una vez cumplido el paso anterior, descargá el Formulario de Solicitud de Franquicia para Particulares y completalo sin tachaduras ni enmiendas. Como tiene carácter de Declaración Jurada, tenés que atenerte estrictamente a la realidad.
3
Presentá la documentación, en forma personal o por correo, ante la Agencia Nacional de Discapacidad: Ramsay 2250- (C1428BAJ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8.30 a 13.30.
4
Concurrí a la evaluación médica. Si vivís en el interior del país se te remitirá la cartilla médica para que la realices en el hospital público más cercano a tu domicilio (declarado en la Solicitud de Franquicia).
5
Si el dictamen de la Junta Médica es favorable, la Agencia Nacional de Discapacidad emitirá un Acto Administrativo permitiendo la compra del automóvil. Esta autorización será válida por trescientos sesenta (360) días corridos desde la fecha de notificación y no se prorroga una vez vencida.
Si no podés acercarte en forma presencial con la documentación, un tercero podrá hacerlo con firma certificada por Policía, Juez de Paz o Escribano Público o remitir toda la documentación por correo postal, cualquiera sea tu lugar de residencia.
No trabajamos con concesionarios ni gestores.
En la Agencia Nacional de Discapacidad no contamos con el listado de vehículos homologados por la Secretaría de Industria ni con la información de las marcas que venden vehículos bajo el régimen de la Ley N° 19.279 y modificatorias.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito