Franquicia para compra de vehículos para Instituciones

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Las Instituciones Asistenciales (aquellas de carácter público o privado que brinden servicios de rehabilitación médica, educacional, laboral social o de mantenimiento de personas con discapacidad profunda o con deficiencias múltiples a personas con discapacidad) podrán acceder al régimen de franquicia impositiva, para adquisición de un automotor especialmente adaptado, cuya capacidad no sea inferior a ocho (8) personas sentadas, o transportadas en sillas de ruedas o similares.

¿A quién está dirigido?

Aquellas instituciones sin fines de lucro u organismos estatales que transporten personas con discapacidad.

¿Qué necesito?

Para Instituciones Gubernamentales
  • Formulario de Solicitud de Franquicia Impositiva para Instituciones firmado por la autoridad competente.
  • Copia certificada del acta que aprueba el subsidio concedido por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad (Ley N.º 25.730).
  • Constancia de inscripción vigente en la AFIP
  • Copia certificada del acta de designación de la máxima autoridad.
  • Copia certificada del Documento Nacional de Identidad de la autoridad mencionada.
  • Factura proforma del transporte institucional que se pretende adquirir, indicando marca, modelo, versión, con expresa mención del número de plazas cuya capacidad no sea inferior a 8 pacientes sentados.
    Para autos nacionales: Debe consignarse el valor de mercado del vehículo al cual debe sustraerse el importe del IVA (10,5%), consignando el total a pagar por la Institución con el beneficio de la ley.
    Para autos importados: debe encontrarse debidamente individualizado el valor FOB, más los gastos y valor total a pagar, asimismo, debe hacerse mención al número de VIN de la unidad.
    Para rampa y/o anclajes: deberá acompañarse una factura proforma por cada uno de ellos, con la descripción de sus características técnicas y el descuento del monto del IVA (21%), sin incluir la instalación de los mismos dentro de la cotización.
  • Nota por parte de la máxima autoridad designando a los choferes autorizados a conducir el vehículo solicitado.
    Importante: Se permitirá autorizar un máximo de tres (3) choferes.
  • Copia certificada de los DNI y registros de conducir vigentes y con categoría habilitante al transporte de pasajeros de los choferes autorizados.
  • Nota suscripta por la máxima autoridad mediante la cual el Organismo se hace cargo de la diferencia monetaria entre el subsidio obtenido y el valor del vehículo (en caso de corresponder).

Para Instituciones no Gubernamentales

  • Formulario de Solicitud de Franquicia Impositiva para Instituciones firmado por la autoridad competente.
  • Tramitación:
    Con subsidio:
    A) Copia certificada del acta que aprueba el subsidio concedido por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad (Ley N.º 25.730),
    B) nota suscripta por la máxima autoridad mediante la cual la Institución se hace cargo de la diferencia monetaria entre el subsidio obtenido y el valor del vehículo (en caso de corresponder).
    Con fondos propios de la Institución:
    A) Nota suscripta por la máxima autoridad dejando expresa constancia de ello,
    B) listado acreditando la cantidad de pacientes que moviliza,
    C) copia certificada de los DNI y Certificados de Discapacidad de los mismos,
    D) croquis de los destinos a los cuales se desplazan,
    E) autorización de los representantes legales (padres/tutores/curadores) para trasladarlos, en caso de corresponder.
  • Constancia de inscripción vigente en la AFIP
  • Copia certificada del acta de designación de la máxima autoridad.
  • Copia certificada del Documento Nacional de Identidad de la autoridad mencionada.
  • Factura proforma del transporte institucional que se pretende adquirir, indicando marca, modelo, versión, con expresa mención del número de plazas cuya capacidad no sea inferior a 8 pacientes sentados.
    Para autos nacionales: Debe consignarse el valor de mercado del vehículo al cual debe sustraerse el importe del IVA (10,5%), consignando el total a pagar por la Institución con el beneficio de la ley.
    Para autos importados: debe encontrarse debidamente individualizado el valor FOB, más los gastos y valor total a pagar, asimismo, debe hacerse mención al número de VIN de la unidad.
    Para rampas y/o anclajes: deberá acompañarse una factura proforma por cada uno de ellos, con la descripción de sus características técnicas y el descuento del monto del IVA (21%), sin incluir la instalación de los mismos dentro de la cotización.
  • Nota por parte de la máxima autoridad designando a los choferes autorizados a conducir el vehículo solicitado.
    Importante: Se permitirá autorizar un máximo de tres (3) choferes.
  • Copia certificada de los DNI y registros de conducir vigentes y con categoría habilitante al transporte de pasajeros de los choferes autorizados
  • Copia certificada del estatuto societario del cual surja que la Institución se encuadra en lo previsto por el Art. 2.° de la Ley N.° 19.279: “Las instituciones asistenciales que se dediquen a la rehabilitación de personas con discapacidad, que no persigan fines de lucro y que sean reconocidas por la Autoridad de Aplicación, gozarán también de los beneficios otorgados por la presente.”
  • Constancia de vigencia de la inscripción en Personería Jurídica debidamente certificada.

Importante: En caso de tener un vehículo adquirido por la franquicia, con carácter previo al requerimiento de un nuevo automotor, deberá solicitarse la libre disponibilidad del primero. Vale aclarar que la libre disponibilidad por tiempo transcurrido no es automática, y en todos los casos debe ser requerida ante este Organismo.

Todas las presentaciones realizadas en fotocopia deberán estar certificadas por autoridad competente (Escribano, Juez de Paz, Autoridad Policial).

Las facturas que provengan del exterior deberán estar legalizadas por el agregado comercial del país de origen, redactadas en idioma nacional o traducidas por un traductor público nacional en caso de encontrarse en idioma extranjero.

¿Cómo hago?

1

Reuní todos los requisitos detallados en el punto anterior según corresponda.

2

Descargá el formulario de solicitud de franquicia y completalos sin tachaduras ni enmiendas. Como tiene carácter de Declaración Jurada, tenés que atenerte estrictamente a la relidad.

3

Presentá la documentación, en forma personal o por correo, ante la Agencia Nacional de Discapacidad: Ramsay 2250- (C1428BAJ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8.30 a 13.30.

Si no podes acercarte en forma presencial con la documentación, un tercero podrá hacerlo con firma certificada por Policía, Juez de Paz o Escribano Público o remitir toda la documentación por correo postal, cualquiera sea tu lugar de residencia.

No trabajamos con concesionarios ni gestores.

En la Agencia Nacional de Discapacidad no contamos con el listado de vehículos homologados por la Secretaría de Industria ni con la información de las marcas que venden vehículos bajo el régimen de la Ley N° 19.279 y modificatorias.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.