Cómo obtener el subsidio por sepelio de beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez laborativa y trasplantes

Actualizado el 26 de enero de 2020
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La ley 21.074 instituyó el subsidio por sepelio de beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez laborativa y trasplantes.

¿A quién está dirigido?

La persona física que acredite haber sufragado los gastos de sepelio del beneficiario.

¿Qué necesito?

Último recibo de cobro del pensionado.

Documento Nacional de Identidad del solicitante: 1 y 2 hoja en buenas condiciones de legibilidad.

Certificado de defunción.

Factura original del sepelio. La factura, sin enmiendas borrones o tachaduras, deber ser tipo B o C y cumplir con los requisitos legales e impositivos vigentes, según Resolución General de AFIP número 1415/03 y sus modificatorias. Debe estar extendida a nombre completo del solicitante del subsidio e indicar DNI y domicilio. Y presupuesto de servicio básico emitido por la misma cochería que emitió la factura de sepelio.

Constancia de apertura de caja de ahorro a nombre del solicitante que indique el CBU. Puede utilizar una cuenta preexistente o de corresponder deberá abrir una cuenta gratuita en una entidad bancaria.

¿Cómo hago?

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Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia, ingresá a la opción CON DNI. Completá los datos y adjuntá la documentación que solicita el TAD.

Tutorial para solicitud de pago de sepelio:

Descargá este Instructivo de solicitud de pago de sepelio de trámite a distancia.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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