Podés solicitar la autorización de no retención para el Impuesto a las Ganancias cuando las retenciones a sufrir en el curso de un período fiscal puedan dar lugar a un exceso en el cumplimiento de la obligación tributaria.
¿A quién está dirigido?
A los contribuyentes inscriptos en el Impuesto a las Ganancias.
¿Qué necesito?
Alta en el impuesto a las Ganancias.
Información actualizada sobre la/s actividad/es económica/s que realizás.
Domicilio fiscal declarado, actualizado.
Clave fiscal.
Presentación cumplida de:
- Declaraciones juradas determinativas y nominativas de los recursos de la seguridad social y del impuesto al valor agregado, correspondientes a los 12 últimos períodos fiscales o las que correspondan presentar desde el inicio de la actividad si fuera menor, vencidas con anterioridad a la fecha de solicitud.
- Última declaración jurada de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales, según te corresponda, vencidas a la fecha referida en el punto anterior.
- Declaración jurada del régimen de información establecido por la RG 4.120 -DGI- del último período fiscal vencido a la fecha de la solicitud, en caso de corresponder.
No registres deuda líquida y exigible con AFIP A la fecha de solicitud.
Un Código de Autorización de Impresión -CAI-, al menos, al momento de la presentación de la solicitud.
Aplicativo denominado Solicitud Exclusión Ret. Imp. Gcias.
AFIP te podrá requerir dentro del término de 10 días corridos desde la presentación que aportes otros elementos que considere necesarios para evaluar tu pedido. Si no cumplís con este requerimiento, considerarán que desististe en forma tácita de la solicitud y la archivarán.
¿Cómo hago?
1
Ingresá al sitio web de AFIP con clave fiscal
2
Transmití la información utilizando el programa aplicativo Solicitud Exclusión Ret. Imp.Gcias.
3
Chequeá el ingreso de la información que volcaste en el servicio con clave fiscal Certificados de no Retención de Ganancias-REI / Participación Societaria, opción Ingreso de solicitud.
4
A los 2 días corridos del ingreso de tu solicitud, hacé el seguimiento de los procesos de control formal en el mismo servicio de AFIP que empleaste en el paso anterior. Si tu pedido fue observado, el sistema te informará sobre las inconsistencias detectadas y te pedirá que te presentes en la dependencia que te corresponde dentro de los siguientes 10 días corridos, para subsanarlas.
Si no lo hacé, considerará que desististe de la solicitud y el trámite será archivado.
5
Aguardá el resultado sobre la procedencia o denegatoria del certificado de exclusión en un plazo de 15 días corridos desde el inicio del trámite o desde la fecha en que adjuntaste en forma presencial la totalidad de la documentación requerida.
La exclusión será de carácter total y te será otorgada por períodos mensuales completos. Tendrá vigencia a partir del primer día del mes inmediato siguiente a aquel en que sea resuelta favorablemente y, como máximo, hasta el último día del tercer mes posterior al mes de cierre del ejercicio fiscal de que se trate, conforme a lo solicitado por vos y al resultado de los controles que efectuará AFIP.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito