Una vez al año y durante el mes de mayo, los trabajadores autónomos tienen la obligación de recategorizarse en función a los ingresos brutos obtenidos durante el año anterior.
¿A quién está dirigido?
A los trabajadores autónomos.
¿Qué necesito?
¿Cómo hago?
1
Ingresá al sitio web de AFIP, opción Acceso con Clave Fiscal, servicio Sistema Registral.
2
Seleccioná la opción Trámites y luego Empadronamiento/Categorización de Autónomos.
3
Completá los datos requeridos por el sistema. En función de estos datos, el sistema te indicará tu nueva categoría, donde podés optar por una superior.
4
Imprimí el formulario y la credencial que contiene el CRA - Código de Registro Autónomo.
Tené en cuenta
El Código de Registro Autónomo asignado te será solicitado para efectuar tus pagos mensuales, sea en forma personal, telefónica o mediante transferencia electrónica de datos.
Vigencia
Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual, tendrán efecto para los vencimientos que operen entre los meses de junio-del año de la recategorización- y mayo-del año calendario inmediato siguiente, ambos inclusive.