Declarar objetos del equipaje en viajes al exterior

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Si vas a viajar fuera de Argentina y lo hacés con bienes de uso personal en tu equipaje, antes de salir tenés que exhibirlos ante el servicio aduanero y declararlos al regresar, para que no te exijan el pago de impuestos a la importación para consumo.

¿A quién está dirigido?

A cualquier viajero que transporte bienes como parte de su equipaje, para que no le sea exigido el pago de los tributos que gravan la importación para consumo.

No constituyen equipaje
  • Armas de fuego sin la autorización de la Agencia Nacional de Materiales Controlados - ANMAC (ex RENAR).

  • Mercadería de exportación prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal y vegetal.

¿Qué necesito?

Formulario OM 121 completo y firmado ante el servicio aduanero.

¿Cómo hago?

1

Ingresá al servicio Sistema para la declaración de objetos y/o vehículos de AFIP.

2

Elegí la opción Realizar declaración.

3

Completá los campos requeridos y hacé clic en Buscar.

4

Cargá la información solicitada y presioná en Continuar.

5

Completá los campos en Datos de salida y en Carga de objetos.

6

Hacé clic en Generar formulario.

7

El sistema te mostrará en pantalla el código de ingreso por Internet, con el que podrás ingresar a consultar el formulario que confeccionaste, realizar las modificaciones que correspondan e imprimirlo con la opción F.121.

Tené en cuenta...

Imprimí el formulario por duplicado y firmalo ante el personal aduanero interviniente.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

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