Si vas a viajar fuera de Argentina y lo hacés con bienes de uso personal en tu equipaje, antes de salir tenés que exhibirlos ante el servicio aduanero y declararlos al regresar, para que no te exijan el pago de impuestos a la importación para consumo.
¿A quién está dirigido?
A cualquier viajero que transporte bienes como parte de su equipaje, para que no le sea exigido el pago de los tributos que gravan la importación para consumo.
No constituyen equipaje
Armas de fuego sin la autorización de la Agencia Nacional de Materiales Controlados - ANMAC (ex RENAR).
Mercadería de exportación prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal y vegetal.
¿Qué necesito?
Formulario OM 121 completo y firmado ante el servicio aduanero.
¿Cómo hago?
1
Ingresá al servicio Sistema para la declaración de objetos y/o vehículos de AFIP.
2
Elegí la opción Realizar declaración.
3
Completá los campos requeridos y hacé clic en Buscar.
4
Cargá la información solicitada y presioná en Continuar.
5
Completá los campos en Datos de salida y en Carga de objetos.
6
Hacé clic en Generar formulario.
7
El sistema te mostrará en pantalla el código de ingreso por Internet, con el que podrás ingresar a consultar el formulario que confeccionaste, realizar las modificaciones que correspondan e imprimirlo con la opción F.121.
Tené en cuenta...
Imprimí el formulario por duplicado y firmalo ante el personal aduanero interviniente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito