Este procedimiento te permite que, como declarante de destinaciones y operaciones aduaneras correspondientes a subregímenes de importación y de exportación, puedas efectuar los trámites relativos a la gestión de despacho de las mercaderías en forma previa al acto de presentación de la declaración ante el servicio aduanero.
¿A quién está dirigido?
A despachantes de Aduana que tengan clave fiscal con nivel de seguridad 4 en AFIP.
¿Qué necesito?
Para subregímenes con canal verde asignado o subregímenes a los que no les corresponda la asignación de canal de selectividad
- 1 sobre contenedor OM-2133 A.
- 1 copia de la carátula del OM-1993 A.
- Documentación complementaria que corresponda presentar a la "Oficialización" de la destinación.
Para subregímenes con canal rojo o naranja asignado
- 1 sobre contenedor OM-2133 A.
- 1 ejemplar completo del OM-1993 A.
- Documentación complementaria que corresponda presentar a la "Oficialización" de la destinación.
Para solicitudes de destinaciones y operaciones de subregímenes de exportación
- 1 sobre contenedor OM-2133 A.
- 1 ejemplar completo del OM-1993 A.
La documentación complementaria que corresponda presentar a la "Oficialización" de la destinación.
¿Cómo hago?
1
Ingresá con clave fiscal al sitio web de AFIP en el servicio denominado Ratificación de Autoría de la Declaración y efectuá los trámites de la declaración ante el servicio aduanero con la documentación correspondiente.
2
El servicio aduanero efectuará los controles de rigor, los registros en el Sistema Informático Malvina (SIM) y como prueba de su intervención, consignará su constancia -firma y sello- en toda la documentación. Una vez formalizado el trámite de libramiento de la mercadería o el último trámite que corresponda de no existir el libramiento, te entregará en carácter de Depositario fiel la documentación que se hubiera entregado.
3
Para el caso en que debas incorporar documentación con posterioridad a la presentación de la destinación, tendrás que presentar ante el servicio aduanero la documentación adicional. Realizados los controles de rigor, el servicio aduanero procederá a efectuar los registros informáticos que correspondan e intervendrá toda la documentación con firma y sello del agente interviniente, devolviéndotela para que la integres en el sobre contenedor OM-2133 A.
4
Luego de oficializada la destinación aduanera de importación, podrás optar por tomar conocimiento del canal de selectividad asignado
- En forma previa a la utilización del servicio denominado Ratificación de Autoría de la Declaración.
- Al efectuar la confirmación de la autoría de la declaración mediante el empleo de dicho servicio.
5
Una vez producida la oficialización y con anterioridad a la impresión del formulario OM- 1993-A SIM, el Sistema Informático Malvina (SIM) te mostrará la siguiente opción: ¿Desea obtener la impresión con conocimiento del canal de selectividad asignado conforme la normativa vigente?
Si la respuesta es afirmativa, el Sistema Informático Malvina (SIM) emitirá la impresión del formulario OM-1993 A SIM con indicación del canal de selectividad asignado en el campo respectivo y en el campo a) Opciones / b) Ventajas, la leyenda: Imprime con canal = Fecha y Hora/ Minuto/ Segundo.
Si el canal asignado indica que la declaración debe someterse al control documental o a la verificación de la mercadería, no serán de aplicación las disposiciones del artículo 225 del Código Aduanero, en virtud a lo establecido en su apartado 1, inciso a), salvo el supuesto contemplado en el apartado 2, inciso a) del citado Artículo.
6
Si la respuesta es negativa, conocerás el canal asignado cuando confirmes la autoría de la declaración mediante la utilización del servicio denominado Ratificación de Autoría de la Declaración.
A la presentación de la destinación ante el servicio aduanero, el agente aduanero presentador deberá asentar el canal de selectividad asignado en el sector reservado a esos fines en el anverso del OM 2133 SIM (sector Canal selectivo) y del OM-1993 A SIM (campo Canal asignado) con firma y sello del agente aduanero interviniente.
Vigencia
En función de la cantidad de destinaciones u operaciones aduaneras tramitadas por cada año calendario, los declarantes se clasificarán en:
- De hasta 5.000 destinaciones u operaciones declaradas.
- De más de 5.000 destinaciones u operaciones declaradas.