Adopción internacional (código 135)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Procedimiento para la recepción y tramitación de los ofrecimientos para la adopción de personas menores de edad residentes en otros países.
PROCESO DE ADOPCION INTERNACIONAL
Este proceso se inicia con la solicitud de una familia de información sobre la adopción internacional y acaba cuando se han realizado los informes de seguimiento postadoptivo que exige el país de origen del menor adoptado.
SUBPROCESOS :BLOQUES DE TAREAS
- CHARLA INFORMATIVA.
- APERTURA DE EXPEDIENTE.
- VALORACION DE IDONEIDAD PARA LA ADOPCION INTERNACIONAL.
- PREPARACION DEL EXPEDIENTE Y ENVIO AL PAIS. VIA MINISTERIO / VIA ORGANISMOS ACREDITADOS PARA LA ADOPCION INTERNACIONAL.
- FORMACION DURANTE LA ESPERA.
- ASIGNACION DE UN O UNA MENOR
- ESTANCIA EN EL PAIS Y PROCESO JUDICIAL O ADMINISTRATIVO DE ADOPCION
- LLEGADA DEL MENOR A LA REGION DE MURCIA
- REALIZACION DE LOS SEGUIMIENTOS POSTADOPTIVOS EXIGIDOS POR EL ESTADO DE ORIGEN DEL O LA MENOR.
- CIERRE DE EXPEDIENTE( CADUCIDAD, DESESTIMIENTOS,, NO IDONEIDAD, FIN DEL SEGUIMIENTO)
Destinatarios
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.
Cualquier tipo de familia residentes en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que reúna los requisitos necesarios para ser adoptante detallado en el apartado correspondiente más los requisitos que establezca cada país donde se decida adoptar. O aquellos organismos Acreditados para la adopción internacional con sede en cualquier territorio del Estado español, así como las Entidades publicas de otras administraciones con competencias en adopcion.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS Y PROTECCIÓN DE MENORES (A14028747)
Requisitos de solicitud o iniciación
- Tener plena capacidad de obrar.
- Residencia efectiva y habitual en el territorio de la Región de Murcia.
- Aceptar someterse a los procesos de estudio y valoración para determinar su idoneidad para la adopción.
- No se aceptan ofrecimientos que impliquen prejuicios o discriminación por razón de sexo, raza, características étnicas u otras circunstancias de las personas menores edas
- Aceptar el seguimiento familiar por parte de la Entidad Pública u organismo acreditado (orientación y asesoramiento).
Es obligatorio antes de presentar la solicitud de adopcion internacional la Asistencia a la charla informativa sobre Acogimiento familiar y adopciones.*: Para asistir es necesaria cita previa. Tlf. 968 272950 / 968 272960/ 968 272956 - Fax 968 272979 O bien en la siguiente dirección de correo electrónico: acogimientoyadopcion.murcia@carm.es En el correo deberán indicar el nombre, DNI y teléfono de contacto (si es una pareja, nombres y DNI de ambos). Lugar: Salón de Actos de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Avda. de La Fama, 3. Murcia), el primer lunes de los meses de febrero, abril, junio, octubre y diciembre de cada año de 17,00 a 19:30 horas. Si ese primer lunes de mes fuera festivo, la charla será el siguiente lunes hábil.
-Requisitos de cada país:
Requisitos posteriores
Presentar la solicitud de Valoracion de Idoneidad para la adopcion internacional, adjuntando Cuestionario para solicitud de adopcion en el extranjero junto a la documentacion que se especifica en documentacion a adjuntar.
Los indicadores para una valoracion positiva de idoneidad son:
- Disponer de la suficiente capacidad física y psíquica.
- Ofrecer un ambiente familiar adecuado para ejercer la guarda de un menor.
- Ofrecer garantía de medios económicos para la atención del menor.
- Disponer de vivienda adecuada.
- Mantener una convivencia estable, en caso de solicitud formulada por matrimonio o pareja de hecho.
Solicitud para la adopcion internacional
- Cuestionario
(Obligatorio / Original)
de disponibilidad debidamente cumplimentado. - Declaración
(Obligatorio / Original)
Jurada donde conste la inexistencia de hijos propios o adoptivos. - Fotografía
(Obligatorio / Original)
(2 fotografías). - Libro de familia
(Obligatorio / Original)
(Fotocopia) - Certificado municipal de residencia y/o convivencia
(Obligatorio / Original) - Declaración jurada
(Obligatorio / Original)
de bienes. - Certificado médico
(Obligatorio / Original)
de estado de salud psico-físico. - Acreditación
(Obligatorio / Original)
(Justificante de asistencia a la charla informativa sobre adopciones). - Fotografía tamaño carné
(Obligatorio / Original)
(2 fotografías). - Documentación justificativa
(Obligatorio / Original)
(Justificante de asistencia a la charla informativa sobre adopciones).
- Consulta de Datos de Identidad (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Solicitud para la adopcion internacional
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Normativa
- Decreto n.º 46/2006, de 28 de abril, por el que se regula la Acreditación y Funcionamiento de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional y las Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar.
- Decreto n.º 372/2007, de 30 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de adopción de menores en la Región de Murcia.
- Ley 3/1995, de 21 de marzo, De la Infancia de la Región de Murcia.
- Ley 21/1987, de 11 de noviembre, por la que se modifican determinados artículos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de adopción.
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional.
- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Trámites relacionados
En esta página
- Objeto
- Destinatarios
- Tramitación inmediata
- Periodicidad
- Plazo de Presentación
- Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
- Requisitos de solicitud o iniciación
- Requisitos posteriores
- Modelos e información para solicitudes
- Solicitar Electrónicamente.
- Solicitar Presencialmente
- Resolución
- Normativa
- Trámites relacionados