Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de formación (modalidad 3 de formación) (código 2248)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Realizar proyectos de formación, así como establecer las medidas de apoyo a la formación vinculadas a los mismos, correspondientes a la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Región de Murcia.

Por otro lado, se publica una convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones y proyectos formativos, correspondientes al programa específico de formación para el empleo dirigido a los jóvenes inscritos en el sistema nacional de garantía juvenil.

En este sentido podran ser subvencionadas las acciones y proyectos formativos correspondientes a la línea de actuación 2. Formación y fomento del espíritu emprendedor a través de proyectos formativos.

Destinatarios

Empresas y otras Entidades y Administración.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones para la realización de proyectos de formación objeto de convocatoria, las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades habilitado por la Administración pública competente.
De conformidad con lo dispuesto en las Ordenes de bases, cuando el beneficiario de la subvención sea una persona jurídica, los miembros asociados de ésta que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la condición de beneficiarios, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos para ello, en los términos establecidos en el presente artículo.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)

Requisitos de solicitud o iniciación

Podrán solicitar y ser beneficiarios de las subvenciones para la realización de proyectos de formación objeto de esta convocatoria, las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el registro de entidades habilitado por la Administración pública competente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Orden de bases, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización al Servicio Regional de Empleo y Formación para la obtención de los certificados de estar al corriente de los organismos competentes. En caso de denegación expresa del consentimiento, el solicitante deberá aportar los citados certificados en la forma reglamentariamente establecida.

Solicitud Subvención Proyectos de Formación (Modalidad 3)

  • Acuerdo
    (Obligatorio / Original)
    Para la impartición de aquellas acciones formativas cuyo objetivo sea la adquisición por parte del alumno de un determinado nivel de los definidos por el Consejo de Europa en competencia lingüística (niveles MCERL) las programadas en modalidad bilingüe y aquellas otras que correspondan a certificados de profesionalidad que incluyan módulos formativos de idioma extranjero definidos en función de un determinado nivel MCERL que habrá de figurar detallado en el correspondiente real decreto que regula el certificado de profesionalidad; la Entidad de Formación deberá haber suscrito el correspondiente acuerdo con alguna de las Entidades Certificadores contempladas en el Anexo único del Decreto nº 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM Nº 74, de 31 de Marzo) modificado por Decreto n.º 207/2017, de 19 de julio (BORM Nº 168, de 22 de Ju lio).
  • Autorización
    (Obligatorio / Original)
    Para aquellas solicitudes que incluyan especialidades formativas que tengan como finalidad la obtención de carnés o licencias para el desempeño de una profesión, se presentará autorización de la Administración Pública competente que habilite a la entidad para su impartición.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Las entidades de formación interesadas en impartir especialidades conducentes ala obtención de certificados de profesionalidad deberán contar con centros de formación acreditados para impartir dicha formación en el momento de la publicación de esta convocatoria, o bien, haber presentado la correspondiente solicitud de acreditación antes de dicha fecha.Para el resto de especialidades formativas,cuando no se disponga de la correspondiente inscripción de la especialidad en centro de formación, las entidades deberán presentar la declaración responsable del representante legal de disponer de instalaciones y recursos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación no vinculada a certificados de profesionalidad, así como la calidad de la misma. Esta declaración se presentará a través de la propia solicitud de subvención (aplicación GEFE).
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Para la convocatoria de Garantía Juvenil, en su caso, Anexo II (Certificado de ejecución de acciones formativas / Proyectos de Formación) y/o Anexo III (Compromiso de contratación de alumnos formados) de acuerdo a los establecido en los criterios de valoración de solicitudes 1, 2 y 4.No será necesario presentar esta documentación en el caso de expedientes subvencionados por el SEF.
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    En su caso, Anexo II (Certificado de ejecución de proyectos de formación) de acuerdo a los establecido en los criterios de valoración de solicitudes 1 y 2.No será necesario presentar dicha información en el caso de expedientes subvencionados por el SEF.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Para la convocatoria de Garantía Juvenil, en su caso, Anexo II (Certificado de ejecución de acciones formativas / Proyectos de Formación) y/o Anexo III (Compromiso de contratación de alumnos formados) de acuerdo a los establecido en los criterios de valoración de solicitudes 1, 2 y 4.No será necesario presentar esta documentación en el caso de expedientes subvencionados por el SEF.
  • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION

Plazo de resolución: 6 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

Información adicional sobre recursos

Contra la Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Normativa

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