Programa de integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo. Subprograma de mantenimiento de puestos de trabajo: Eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo (código 1932)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Consolidar y ayudar al mantenimiento de los puestos de trabajo creados para discapacitados en los Centros Especiales de Empleo para lo cual se podrán conceder subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas.
La cuantía de la subvención será como máximo de mil ochocientos euros (1.800 ) por puesto de trabajo que se adapte a las necesidades del personal discapacitado en plantilla, sin que en ningún caso rebase el coste real que al efecto se justifique por la referida adaptación o eliminación.
Requisitos:
Ha de justificarse la necesidad de la adaptación de puestos de trabajo y/o la eliminación de barreras arquitectónicas mediante la presentación de un estudio-memoria realizada y firmada por técnico competente.
Este estudio-memoria no podrá ser realizado por socios, asociados, trabajadores por cuenta ajena, o personas directamente relacionadas con la entidad beneficiaria.
No haber efectuado, en los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda, despido calificado como improcedente.
Acreditar documentalmente el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE nº 269, de 10/11/1995), de prevención de riesgos laborales y normativa de desarrollo.
No ser excluidos por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 08/08/2000), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Disponer de servicios de ajuste personal y social, y tener en plantilla al personal técnico y de apoyo que precise la actividad del Centro, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1, 3 y 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, que regula los Centros Especiales de Empleo de minusválidos. (BOE nº 294, de 09/12/1985).
Haber presentado la memoria comprensiva, según lo previsto en el artículo 13 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre.
Estar al corriente de sus obligaciones institucionales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades.
Los titulares de Centros Especiales de Empleo ubicados en esta Comunidad Autónoma, e inscritos como tales en el Registro Administrativo de la Región de Murcia
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)
No existen requisitos específicos
Ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo en CEE
- Acreditación
(Obligatorio / Original)
El CEE ha de justificar la necesidad de la adaptación de puestos de trabajo y/o la eliminación de barreras arquitectónicas mediante la presentación de un estudio-memoria realizada y firmada por técnico competente. Este estudio-memoria no podrá ser realizado por socios, asociados, trabajadores por cuenta ajena o personas directamente relacionadas con la entidad beneficiaria - Certificado
(Obligatorio / Original)
Certificado expedido por el representante legal del Centro Especial de Empleo, acreditativo de la relación nominal de trabajadores con discapacidad (indicando apellidos, nombre, fecha de nacimiento, número del NIF, número de afiliación a la Seguridad Social, fecha de contratación, duración del contrato y si es a jornada completa o parcial), e identificando a aquellas personas para las que, bien se adapta el puesto de trabajo, bien se eliminan barreras arquitectónicas - Certificación
(No obligatorio / No original)
Declaración formal del representante legal de la entidad solicitante de haber obtenido, o no, de otras Administraciones Públicas o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario. En caso de haberlas obtenido se presentarán las correspondientes notificaciones de concesión - Certificación
(Obligatorio / No original)
Certificado acreditativo de tener efectuada la evaluación inicial de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva en virtud de la siniestralidad laboral del año anterior, expedido por el servicio de prevención que tuviere contratado, o por los técnicos debidamente cualificado si la empresa tuviere organizado un servicio propio de prevención - IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
(Obligatorio / No original)
Certificado expedido por la entidad de crédito donde la entidad solicitante quiera domiciliar el abono de la subvención, en el que consten sus datos identificativos, los 24 dígitos de su código IBAN y su CIF - Justificante de pago
(Obligatorio / Original)
Facturas justificativas de haber realizado la adaptación o la eliminación de barreras, y la justificación de haberse materializado su pago.
- Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
- Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo en CEE
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Normativa
- Orden de 8 de junio de 2016, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formacion, de bases reguladoras de los programas de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad.
- Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los Centros Especiales de Empleo.
- Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo definidos en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
- ORDEN de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo
- REAL DECRETO 427/1999, de 12 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los centros especiales de empleo.
- REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Resolución de 1 de julio de 2016, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se modifica la limitación establecida en la orden de bases para el acceso de los Centros Especiales de Empleo a las subvenciones de las modalidades ?Eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo? y ?Asistencia técnica al mantenimiento de empleo?.
- Orden de 4 de marzo de 2019, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se modifica la Orden de 8 de junio de 2016, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, de bases reguladoras de los programas de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad.