Oferta modular de la Formación Profesional del sistema educativo (código 4839)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Convocar el procedimiento de admisión en modalidad modular general de la formación profesional del sistema educativo de las enseñanzas correspondientes a los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Región de Murcia.
La modalidad modular general de ciclos formativos (matrícula parcial), que se imparte en los centros docentes sostenidos con fondos públicos (centros integrados de formación profesional, institutos o centros concertados) se destina a todos los interesados en las enseñanzas parciales, aún cuando carezcan de los requisitos académicos de acceso a estas enseñanzas y siempre que tengan 18 años cumplidos en el año en que comienza el curso (antes del 31 de diciembre del año).
1.- Oferta modular.
La presente resolución tiene por objeto dictar instrucciones para el proceso de admisión en modalidad modular general de la formación profesional del sistema educativo de las enseñanzas correspondientes a ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia, para el curso 2019-2020.
2.- Publicación de la lista provisional.
El centro docente publicará día 8 de octubre de 2019, en su tablón de anuncios la lista provisional de solicitantes, con indicación de si han sido admitidos, no admitidos, así como excluidos del proceso de admisión.
3. Reclamaciones a la lista provisional.
Los interesados podrán presentar reclamaciones a la lista provisional de admitidos en los días 8 y 9 de octubre de 2019, dirigiendo escrito en la Secretaría del centro receptor de la solicitud.
4. Publicación de la lista definitiva de admitidos.
Los centros docentes publican las listas de solicitantes admitidos, no admitidos y excluidos, en el tablón de anuncios de cada centro educativo el día 11 de octubre de 2019.
5. Matriculación.
Días 8 y 9 de octubre de 2019, se matriculan los solicitantes admitidos cuando el número de solicitudes válidas haya sido inferior al de plazas ofertadas en el centro docente correspondiente y no se perjudique ningún solicitante.
Días 11 y 14 de octubre de 2019, se matriculan el resto de solicitantes admitidos.
Destinatarios
Ciudadanía.
La adjudicación tanto provisional como definitiva de las enseñanzas modulares de Formación Profesional es realizada por cada uno de los centros, siendo los mismos quienes informan sobre dicha adjudicación.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Y FORMACIÓN PROFESIONAL (A14028759)
Requisitos de solicitud o iniciación
El alumnado que desee cursar en modalidad modular los títulos de Formación Profesional, deberá reunir los siguientes requisitos de acceso:
a) Requisitos de edad: Tener, al menos, 18 años o cumplir esa edad antes del 31 de diciembre de 2019. Excepcionalmente y sólo para ciclos formativos de grado medio, podrán cursar estas enseñanzas las personas mayores de 16 años que lo soliciten y reúnan adicionalmente alguno de los siguientes requisitos: Tener un contrato laboral que no les permita acudir al centro en régimen ordinario, sean deportistas de alto rendimiento o estén cursando estudios de enseñanzas artísticas superiores.
b) Requisitos académicos: Los solicitantes deberán reunir los requisitos de acceso para ciclos de grado medio y de grado superior conforme lo establecido en la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación de alumnado para el curso 2019-2020 en los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior en los centros docentes de la Región de Murcia sostenidos con fondos públicos. No precisan acreditar los requisitos de acceso quienes dispongan, como mínimo, 2 años de experiencia laboral (en cualquier campo profesional) o hayan superado unidades de competencia a través de un Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación y Acreditación de Competencias (PREAR), si bien los solicitantes por acceso especial no podrán obtener el título de formación profesional hasta la acreditación de los requisitos de acceso general correspondientes.
- Certificado municipal de residencia y/o convivencia
(Obligatorio / Original) - Contrato
(Obligatorio / Original)
Contratos de trabajo o certificado de la empresa o empresas donde haya adquirido la experiencia laboral, en el que conste la duración del contrato, los puestosde trabajo ocupados y las actividades realizadas. - Informe/ Certificación de vida laboral
(Obligatorio / Original) - Acreditación
(Obligatorio / Original)
Quienes dispongan de unidades de competencia acreditadas a través de la superación en un PREAR deberán aportar original o fotocopia compulsada de la acreditación oficial de las mismas expedida por el órgano competente que corresponda. - Documentación acreditativa
(No obligatorio / No original)
Quienes dispongan de unidades de competencia acreditadas a través de la superación en un PREAR deberán aportar original o fotocopia compulsada de la acreditación oficial de las mismas expedida por el órgano competente que corresponda.
Modelos e información para solicitudes
- Anexo II. Solicitud modular FP Grado Medio 2019-2020
- Anexo II. Solicitud modular FP Grado Superior 2019-2020
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
- Anexo II. Solicitud modular FP Grado Medio 2019-2020
- Anexo II. Solicitud modular FP Grado Superior 2019-2020
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Se presentará preferentemente en las dependencias administrativas del centro docente al que pertenece el ciclo formativo solicitado.
Los aspirantes que presenten su solicitud en alguno de los registros y oficinas relacionados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán adelantar por correo electrónico al centro docente, la solicitud completa con el sello acreditativo de la fecha de presentación.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Órganos directivos competentes
Plazo de resolución: 15 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF. |
Otras disposiciones y actos administrativos
Trámites relacionados
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- Objeto
- Destinatarios
- Tramitación inmediata
- Periodicidad
- Plazo de Presentación
- Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
- Requisitos de solicitud o iniciación
- Modelos e información para solicitudes
- Solicitar Electrónicamente.
- Solicitar Presencialmente
- Resolución
- Recursos
- Otras disposiciones y actos administrativos
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