Expedición de licencias de caza (código 1695)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Conceder licencias de caza.

Para realizar la tramitación electrónicamente, es necesario que el interesado disponga de Certificado digital de usuario o DNI electrónico.

Para realizar la tramitación inmediata presencialmente en Red de Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la CARM, el interesado debe comparecer personalmente y autorizar, mediante su firma en el formulario establecido al efecto, al funcionario que le asiste para que acceda a la sede electrónica a tramitar y obtener en su nombre la licencia. En estas oficinas no se admite la actuación mediante representante para la obtención inmediata de dichas licencias.

Los sujetos pasivos (jubilados) no residentes en la Región de Murcia no están exentos del pago de la tasa, la acreditación de la residencia se hará a través del Certificado de Empadronamiento.

Para la renovación de licencias de caza se deberá aportar licencia expedida con anterioridad al 27 de junio de 2018 o certificado acreditativo de ello.

Para la expedición de nueva licencia deberá aportar el certificado acreditativo de haber superado las pruebas de aptitud para cazar.

A partir del 27 de junio de 2018, para obtener por primera vez la licencia de caza en la Región de Murcia, el interesado tendrá que haber superado las pruebas de aptitud, aportando Certificado acreditativo de ello.

Destinatarios

Ciudadanía.

Personas físicas mayores de edad o menores de edad mayores de 14 años autorizados.

Tramitación inmediata

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO NATURAL (A14028276)

Requisitos de solicitud o iniciación

Para obtener la licencia de caza en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el menor de edad mayor de 14 años, no emancipado, necesitará contar con la autorización escrita de uno cualquiera de los padres, tutores o de quienes estén encargados de su custodia.


A partir del 27 de junio de 2018, para obtener por primera vez la licencia de caza en la Región de Murcia, el interesado tendrá que haber superado las pruebas de aptitud, aportando Certificado acreditativo de ello.

Para la renovación de licencias de caza se deberá aportar licencia expedida con anterioridad al 27 de junio de 2018 o certificado acreditativo de ello..

Para cazar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se requiere estar en posesión de los siguientes documentos:

a) Licencia de caza en vigor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador.

c) Seguro de daños propios por accidente sobrevenido durante la práctica deportiva.

d) Documento identificativos válido para acreditar la personalidad.

e) En caso de utilizar armas, el permiso correspondiente, así como la guía de pertenencia, de acuerdo con la legislación específica.

f) El permiso correspondiente si se utilizan medios de caza que requieran autorización administrativa.

g) Autorización escrita del titular o arrendatario cinegético.

Para la práctica de cetrería se requiere, además de la posesión de la licencia “Clase C1”, autorización previa para la tenencia del ave, cuya inscripción y registro se realizará en la Dirección General de Medio Natural.

Queda prohibida la caza en los terrenos no cinegéticos, debiéndose respetar las modalidades cinegéticas y los períodos hábiles de caza fijados anualmente en las respectivas órdenes cinegéticas.

La tramitación de expedición de licencia de caza se podrá hacer electrónicamente siendo necesario que el interesado disponga de Certificado digital admitido del usuario o DNI electrónico; o, presencialmente por comparecencia del interesado o, en su caso, por representación debidamente acreditada según lo dispuesto en el art. 5.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La fecha de entrada en vigor de la licencia de caza será la fecha en la que se realice el pago de la tasa, adquiriendo el documento de solicitud de licencia online efectos de licencia de caza con la validación bancaria acreditativa del abono del importe de la tasa, que podrá ser expedida por un período de uno o cinco años.

Expedición de licencias de caza

  • Autorización
    (Obligatorio / Original)
    Autorización escrita, según modelo normalizado Anexo I, de uno cualquiera de los padres, tutores o de quienes estén encargados de la custodia del menor de edadmayor de 14 años.
  • Licencia
    (Obligatorio / Original)
    para la renovación de licencias de caza se deberá aportar licencia expedida con anterioridad al 27 de junio de 2018 o certificado acreditativo de su posesión.
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
    (Obligatorio / Original)
    acreditativo de residencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Acreditación de la condición de titular de pensión pública (mayor de 65 años), jubilado, invalidez permanente absoluta o gran invalidez, de cualquier edad paraobtener el 100% del beneficio fiscal (gratuidad). Este beneficio fiscal no seráde aplicación para aquellos sujetos pasivos no residentes en la Región de Murcia.
  • Póliza y recibo de seguro de responsabilidad civil
    (Obligatorio / Original)
    - Justificante del seguro obligatorio de responsabilidad civil vigente del cazador cuando se tramite la expedición de la licencia de caza con armas.- Justificante del seguro de daños propios por accidente sobrevenido durante la práctica deportiva.
  • Autorización de explotación o de la inscripción en el registro de la instalación
    (Obligatorio / Original)
    Resolución de autorización e inscripción para la tenencia de aves para la práctica de la cetrería de la Dir. Gral. de Medio Natural para expedición de licencia clase C-1
  • Autorización de explotación o de la inscripción en el registro de la instalación
    (Obligatorio / Original)
    Resolución de autorización de núcleo zoológico de la Direcc. Gral de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura, para la expedición de licencia clase C-3

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Expedición de licencias de caza

    Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.


    Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Para realizar la tramitación inmediata presencialmente en Red de Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la CARM, el interesado debe comparecer personalmente y autorizar, mediante su firma en el formulario establecido al efecto, al funcionario que le asiste para que acceda a la sede electrónica a tramitar y obtener en su nombre la licencia. En estas oficinas no se admite la actuación mediante representante para la obtención inmediata de dichas licencias.

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO NATURAL

Plazo de resolución: 1 Mes/es

Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A.
Recursos que proceden ante la Administración Justicia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.