Renuncia a la condición de refugiado o a la protección | gob.mx
Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a los refugiados y personas con protección complementaria notificar a la COMAR su deseo de renunciar a dicha condición.
¿Quién puede solicitarlo?
Refugiados y extranjeros que reciben protección complementaria.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Trámite en proceso de mejora continua, en breve lo podrás visualizar con el <a href="https://www.gob.mx/guias/grafica">estándar de servicios digitales de gob.mx</a>
Resumen
Este trámite permite a los refugiados y personas con protección complementaria comunicar a la COMAR su deseo de renunciar a su condición.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, precisando su nombre, intención de renunciar a la condición y firma del interesado (original).
Costos
- El trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso
- Presencial: Acude a las oficinas de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).
Información Adicional
Este trámite está en proceso de mejora continua, y pronto estará disponible con el estándar de servicios digitales de gob.mx.
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