Renuncia a la condición de refugiado o a la protección | gob.mx

Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los refugiados y personas con protección complementaria notificar a la COMAR su deseo de renunciar a dicha condición.

¿Quién puede solicitarlo?

Refugiados y extranjeros que reciben protección complementaria.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Trámite en proceso de mejora continua, en breve lo podrás visualizar con el <a href="https://www.gob.mx/guias/grafica">estándar de servicios digitales de gob.mx</a>

Resumen

Este trámite permite a los refugiados y personas con protección complementaria comunicar a la COMAR su deseo de renunciar a su condición.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, precisando su nombre, intención de renunciar a la condición y firma del interesado (original).

Costos

  • El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso

  1. Presencial: Acude a las oficinas de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).

Información Adicional

Este trámite está en proceso de mejora continua, y pronto estará disponible con el estándar de servicios digitales de gob.mx.

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