Renuncia a la condición de refugiado o a la protección complementaria

Actualizado el 29 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

Secretaría de Gobernación

Los refugiados y extranjeros que reciben protección complementaria deben dar aviso a COMAR cuando pretendan renunciar a la condición de refugiado o la protección complementaria.

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, precisando su nombre, intención de renunciar a la condición y firma del interesado

Original

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: En las oficinas de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR).

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.