Aclaración administrativa de créditos fiscales de seguridad social, ante el IMSS
Instituto Mexicano del Seguro Social
¿Eres patrón o sujeto obligado? Con este trámite puedes solicitar aclaraciones de las cédulas de liquidación para corregir errores numéricos, mecanográficos, avisos afiliatorios presentados previamente por el patrón al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), certificados de incapacidad expedidos por éste o situaciones de hecho que no impliquen una controversia jurídica.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Escrito libre con firma autógrafa de quien lo solicitó, donde se requiere la aclaración administrativa sobre los créditos fiscales, mencionando: nombre, denominación o razón social del patrón, número de registro patronal ante el IMSS, domicilio patronal; número, periodo, concepto (COP o RCV) e importe de los créditos sujetos a aclaración | Original y Copia |
Poder Notarial del representante legal, otorgado por el patrón o sujeto obligado, en el que se conceda la facultad para realizar trámites ante entidades públicas, respecto de actos de administración, así como para pleitos y cobranzas, a nombre del patrón o sujeto obligado | Original y Copia |
Cédula de liquidación con la que le fue notificado al patrón el crédito fiscal | Original y Copia |
Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) | Original y Copia |
Documentación que pruebe la aclaración* | Original y Copia |
Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal | Original y Copia |
* Dependiendo de la materia de la solicitud de aclaración administrativa, los documentos que se deben adjuntar podrán ser entre otros: Certificado de movimientos afiliatorios como puede ser: alta, baja, modificación de salario o reingreso, expedidas por el Departamento de Afiliación Vigencia; Resolución que modifica la prima del seguro de riesgos de trabajo o la clasificación de la empresa; Certificado de participación a programas de fiscalización de dictamen de contador público autorizado o corrección de obligaciones patronales en el periodo al que corresponde el crédito fiscal, expedidos por el Departamento de Auditoría a Patrones; Nóminas correspondientes donde se refleje el ausentismo; Incapacidades de trabajadores expedidas por el IMSS; los cálculos correspondientes, de conformidad con el artículo 151, fracción IV del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: En la Subdelegación u Oficina Administrativa del IMSS que controle el registro patronal del patrón o sujeto obligado, de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 08:00 a 15:30 horas.