Orientación y Asesoría para obtener el Registro Constitutivo como Asociación Religiosa ante la Secretaría de Gobernación.

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Descripción del Trámite o Servicio

Que las iglesias o agrupaciones religiosas cuenten con personalidad jurídica como asociación religiosa de conformidad con lo establecido en los artículos 6° y 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Se inicia con la recepción de la solicitud elaborada por el representante legal de la asociación religiosa, anexando la documentación requerida, la Dirección de Normatividad la revisa detalladamente, integra el expediente y posteriormente por medio de un oficio dirigido a la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación en la Ciudad de México, el Director General de Asuntos Religiosos envía el expediente para el inicio del trámite.

¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?

Escrito de solicitud de registro constitutivo, suscrito por el representante legal de la asociación religiosa, dirigido al Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación que contenga lo siguiente:

1. Uso de suelo notorio arraigo (lo da el secretario del H. Ayuntamiento del municipio donde se encuentra el predio).

2. Copia de plano del predio

3. Apoderado legal

4. Copia de escritura

5. Relación de asociados

6. Relación de mesa directiva

7. Relación de ministro de culto

8. Estatutos

9. Copia del acta de nacimiento, credencial de elector, curp de cada uno de los asociados, mesa directiva, apoderado legal y ministro de culto.

¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?

1. Uso de suelo notorio arraigo (lo da el secretario del H. Ayuntamiento del municipio donde se encuentra el predio).

2. Copia de plano del predio

3. Apoderado legal

4. Copia de escritura

5. Relación de asociados

6. Relación de mesa directiva

7. Relación de ministro de culto

8. Estatutos

9. Copia del acta de nacimiento, credencial de elector, curp de cada uno de los asociados, mesa directiva, apoderado legal y ministro de culto.

¿Costo y lugar de pago?

Gratuito

¿Dónde puedo realizar el trámite o servicio y en que horario?

Lunes a Viernes

8:30 a 15:30 horas.

Coordinación de Asuntos Religiosos

Prolong. Ignacio Zaragoza Esq. Carmen Cadena de Buendía No. 100

Col. Nueva Villahermosa

C.P. 86070

Tel. 1313618

Tiempo de respuesta y resolución

Una orientación o asesoría para obtener el registro constitutivo como asociación religiosa

Tres meses aproximadamente, si los solicitantes cumplen con la documentación que se le requiere en cada asesoría.

¿Quién puede realizarlo?

Los integrantes del órgano de representación de la iglesia o agrupación religiosa.

Responsable del trámite o servicio

Lic. Williams Antonio Madrigal Vera Coordinador de Asuntos Religiosos

A través del Lic Mario Aguilar Alvarado Director de Normatividad Religiosa

Telefono: 1 31 36 18

Fundamento jurídico

lo establecido en los artículos 6° y 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.