Extensión de pensión por orfandad | Portal Tabasco

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permitir que los hijos de pensionados fallecidos sigan recibiendo la pensión de orfandad hasta los 25 años, siempre y cuando estén estudiando y dependan económicamente de la pensión.

¿Quién puede solicitarlo?

Hijos o hijas solteros, mayores de 18 años y hasta los 25 años, que sean beneficiarios de una pensión por orfandad y que estén estudiando.

Requisitos principales

  • Ser hijo/a soltero/a mayor de 18 años y menor de 25.
  • Estar cursando estudios en una institución pública o con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (REVOE).
  • Acreditar dependencia económica total de la pensión.

Plazos

La vigencia de la extensión es de 6 meses.

Duración del trámite

90 días naturales

Información adicional

La extensión de la pensión se realiza de manera semestral.

Resumen

Este trámite permite a los hijos solteros de pensionados fallecidos, de entre 18 y 25 años, extender su pensión por orfandad si están estudiando y dependen económicamente de dicha pensión. La extensión se realiza semestralmente.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Constancia de soltería original expedida por el Registro Civil.
  • Copia de la credencial de afiliación al ISSET del beneficiario.
  • Constancia de estudios original o impresión original de constancia digital, emitida por una institución oficial o con Reconocimiento de Validez Oficial Educativa (REVOE).
  • Copia de identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte) - presentar solo la primera vez.
  • Original de la constancia de situación fiscal (RFC con homoclave) expedida por el SAT - presentar solo la primera vez.
  • Original y copia de la solicitud de prórroga de orfandad.
  • Original y copia de escrito bajo protesta de decir verdad de no concubinato o matrimonio.
  • Original y copia de escrito bajo protesta de decir verdad de no tener trabajo remunerado.

Formatos requeridos

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso en línea

  1. Ingresa al portal del ISSET: www.isset.gob.mx/tramites
  2. Reúne toda la documentación requerida.
  3. Escanea los documentos en formato PDF por separado.
  4. Ingresa con tu número de cuenta ISSET y apellido paterno del asegurado o extinto.
  5. Selecciona "nuevo trámite".
  6. Ingresa tu número de celular y correo electrónico, luego selecciona "siguiente".
  7. En clasificación, selecciona "pensiones directas e indirectas", luego el tipo de pensión a tramitar.
  8. Adjunta cada documento PDF en la sección correspondiente, sube el archivo y selecciona "siguiente".
  9. El portal te indicará que tu solicitud se ha generado correctamente y te proporcionará un número de folio.
  10. Los revisores del ISSET revisarán tu trámite. Si todo está correcto, se aprobará una cita.
  11. Ingresa nuevamente al portal, selecciona "ver mis trámites" y agenda una cita para entregar la documentación original en el Centro Administrativo de Prestaciones ISSET (CAPI).

¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?

No

Costo

El trámite no tiene costo.

Plazos

  • Plazo de respuesta: 90 días naturales.
  • Vigencia: 6 meses.

Quién puede solicitarlo

El interesado, cuando cuente con una pensión por orfandad y cumpla la mayoría de edad.

Ayuda

Contacto

Irma Alejandra Priego García, Jefa del Departamento de Pensiones.

  • Correo electrónico: irmapriego@isset.gob.mx
  • Teléfono: (993) 358-2850, ext. 63215

Horario y lugar

Departamento de Pensiones

  • Dirección: Esperanza Iris Villahermosa, Reforma, 155, C.P.86080
  • Teléfono: (993) 358-2850, ext. 63215
  • Correo: irmapriego@isset.gob.mx
  • Horario: Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00

Preguntas frecuentes

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