Buzón de Quejas y Denuncias del COBATAB. | Portal Tabasco
Actualizado el 8 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Permite a los ciudadanos presentar quejas y denuncias sobre el personal y los servicios del COBATAB, ya sea en las escuelas o en las oficinas centrales.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier ciudadano que desee presentar una queja o denuncia relacionada con el COBATAB.
Requisitos principales
- Ser ciudadano.
- Tener un correo electrónico válido.
- Presentar un escrito libre con la descripción de los hechos.
- Llenar el formato de denuncias y quejas.
Plazos
No aplica.
Duración del trámite
15 días hábiles (plazo de respuesta)
Información adicional
El trámite es gratuito.
Resumen
Este servicio permite a los ciudadanos presentar quejas y denuncias contra servidores públicos y servicios ofrecidos por el Colegio de Bachilleres de Tabasco (COBATAB) en sus planteles educativos y oficinas centrales.
Lo que necesitas
- Correo Electrónico: Una dirección de correo electrónico válida.
- Escrito libre de solicitud: Un documento que contenga una narración breve y clara de los hechos que originaron la queja o denuncia, incluyendo pruebas si las tienes.
- Formato Requerido:
Cómo hacerlo
Medios electrónicos
- Ingresa a la liga: https://www.cobatab.edu.mx/denuncias.html
- Rellena los campos que aparecen en el formato
Presencial
- Acude a las Oficinas de la Contraloría Interna
- Presenta el Escrito Libre que contenga la queja y/o Denuncia
Después de hacerlo
La dependencia tiene un plazo de 15 días hábiles para resolver tu solicitud.
Ayuda
- Contacto:
- Nombre: Edgar Iván Oropeza Díaz
- Cargo: Contralor Interno
- Correo electrónico: edgar.oropeza@cobatab.edu.mx
- Teléfono: (993) 689-1980 Ext: 60988
- Horario y lugar:
- Contraloría Interna, Paseo la Choca Villahermosa, La Choca, 100, C.P.86037. Teléfono: (993) 316-0643. Correo: contralora.interna@cobatab.edu.mx
- Horario: Lunes a Viernes de 08:00 a 04:00
Fundamento Jurídico
- Reglamento Interior del Colegio de Bachilleres de Tabasco, Artículo 24, Fracciones VIII y X.