Atención a conflictos diversos entre asociaciones religiosas y comunidad
Descripción del Trámite o Servicio
Este trámite te sirve cuando una asociación religiosa, ve afectado sus derechos por otra asociación religiosa o cuando un ciudadano o comunidad considera que una iglesia o asociación religiosa está afectando sus derechos, puede solicitar el apoyo e intervención de la Coordinación de Asuntos Religiosos a través de un escrito de intervención.
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
Escrito libre dirigido al Lic. Williams Antonio Madrigal Vera Director General de Asuntos Religiosos con los siguientes datos:
1.- Descripción detallada de la problemática
2.- Lugar en que se desarrollan los hechos
3.- Nombres y firmas de los interesados
4.- Copia de credencial de elector de quiénes firman el escrito.
5.- Teléfono de alguno de los quejosos para recibir información
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
1. El interesado o los interesados, ya sean ciudadanos o ministros de culto , que tengan algún conflicto, se dirigirán a la Coordinación de Asuntos Religiosos.
2. se les atenderá en la Dirección de Normatividad Religiosa donde los interesados soliciten la intervención de la Coordinación de Asuntos Religiosos para conciliar algún conflicto o queja.
3. Los interesados manifestaran su problemática en la Dirección de Normatividad Religiosa
4. Posteriormente la Dirección de Normatividad Religiosa valorada la situación para su atención y conciliación del conflicto.
5. Finalmente se dará seguimiento hasta que el conflicto se resuelva, siempre y cuando se haya solicitado la intervención de la Coordinación de Asuntos Religiosos.
¿Costo y lugar de pago?
Gratuito
¿Dónde puedo realizar el trámite o servicio y en que horario?
Coordinación de Asuntos Religiosos
Prolong. Ignacio Zaragoza Esq. Carmen Cadena de Buendía No. 100
Col. Nueva Villahermosa
C.P. 86070
Lunes a Viernes
8:30 a 15:30 horas.
Tiempo de respuesta y resolución
10 días después de haber recibido la solicitud.
Un acuerdo de voluntades entre los afectados.
¿Quién puede realizarlo?
Ministro de culto, apoderado legal o cualquier ciudadano que vea afectado sus derechos por alguna asociación religiosa.
Responsable del trámite o servicio
Lic. Williams Antonio Madrigal Vera Coordinador de Asuntos Religiosos
A través del Lic Mario Aguilar Alvarado Director de Normatividad Religiosa
Telefono: 1 31 36 18
Fundamento jurídico
Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y Reglamento interior de la Secretaría de Gobierno, Título Cuarto Artículo 28.