Asesoría laboral para patrones, trabajadores y sindicatos

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Descripción del Trámite o Servicio

Trata de evitar que las partes recurran al arbitraje y en su caso, se celebra el convenio correspondiente.

¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?

1.- Requisitar el formato de queja en el Departamento de Normatividad. 2.- Presentar Identificación Oficial (original y copia) u otro documento idóneo.

¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?

1.- Requisitar formato de cédula única, en la cual manifestará el trabajador (a) los hechos consistentes en la queja ó la violación a las condiciones de trabajo, la cual será proporcionada al Departamento de Normatividad.

2.- Presentar identificación oficial y copia.

3.- Realización del citatorio con fecha y hora a presentarse las partes en conflicto.

4.- Audiencia de conciliación.

5.- En su Convenio o canalización a la Procuraduria de la Defensa del Trabajo.

¿Costo y lugar de pago?

Gratuito

¿Dónde puedo realizar el trámite o servicio y en que horario?

Dirección del Trabajo y Previsión Social.

Av. 16 de Septiembre No. 432, Colonia 1ero de Mayo, c.p. 86190, Centro, Tabasco

Lunes a Viernes

08:30 a 16:00 horas

Tiempo de respuesta y resolución

Inmediata

Resolver conflictos mediante plática conciliatoria.

¿Quién puede realizarlo?

El trabajador, el patrón o el Secretario General interesado

Responsable del trámite o servicio

Lic. Beatriz Lopez Priego

Directora del Trabajo y Prevision Social

Tel. 9933 14 17 60 y 3 12 35 14

dgtyps.segob@tabasco.gob.mx

Fundamento jurídico

En los artículos 17,33, 50, 53, 76, 86, 87, 162, 523 fracciones III y VI, 356, 357, 524 y 540 fracciones I Y II, 692 y 731 de la Ley Federal del Trabajo en vigor; 1, 2 fracciones I, II y III, 9 fracciones IV y VIII, 10 fracciones I, II, III, IV, 17 y 54 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones. Así como lo contemplado en el Artículo 35 Bis del Reglamento Interior de la Secretaria de Gobierno, publicado en el Peródico Oficial del Estado de Tabasco, el dia 21 de Agosto del 2019, Epoca 7, Suplemento L, Edición 8030 y el Decreto Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de enero de 2016, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo y establece la Unidad de medida y Actualización, como base para la imposición de multas, entre otras acciones.

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