Afiliación de padre y/o madre (ISSET)
Descripción del Trámite o Servicio
Afiliación de padres de trabajadores que ingresaron antes del 31 de diciembre de 2015 por medio de dictamen médico o afiliación de padres de trabajadores que ingresaron a partir del 01 de enero de 2016 a través de un convenio de aportación extraordinaria sobre su sueldo base. El padre y/o madre, previa acreditación de la dependencia económica total. Para el caso de la prestación médica, el asegurado deberá convenir con el ISSET, el incremento de la cuota de su sueldo base en un porcentaje adicional, mismo que será establecido en el Reglamento de la LSSET.
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
Original ( para cotejo) y copia:
1. Último recibo de pago del asegurado;
2. Acta de nacimiento certificada de padres.
3. Identificación oficial con fotografia (Instituto Nacional Electoral, pasaporte, cédula profesional) del asegurado y beneficiarios, ambos con el mismo domicilio para comprobar la dependencia economica total. (conforme a la Fracc. VII del Art. 6 de la LSSET)
4. Constancia de dependencia económica expedida por la Secretaría del Ayuntamiento del municipio en que reside.
5. Credencial de afiliación del trabajador.
6. CURP actualizada del trabajador y de los padres.
* Para los asegurados que causaron alta antes del año 2016 el ISSET mediante dictamen médico acreditará que el padre esta incapacitado (fotografia infantil del padre).
* Para todo asegurado que causó alta a partir del año 2016 firmará con el ISSET por la afiliación de sus padres el convenio de aportación extraordinaria garantizado en el sueldo base.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
Para los asegurados que causaron alta antes del año 2016, el ISSET mediante dictamen médico acreditará que el padre está incapacitado.
- El asegurado solicita ficha en el área de recepción de afiliación. Pasa al área de trabajo social de acuerdo al número de ficha asignado.
- Se realiza la evaluación socioeconómica al padre y/o madre, se solicita dictamen médico a la dirección de 2do y 3er niveles de atención médica.
- Acude el padre a la cita con los distintos especialistas del centro de especialidades médica "dr. Julián a. Manzur ocaña".
- El departamento de medicina del trabajo expide el dictamen médico con resultados y si se dictamina incapacidad total, trabajo social lleva a cabo el trámite de afiliación.
- Los padres pasan al área de fotografía y se le entrega la credencial al beneficiario. Fin del trámite.
Para todo asegurado que causó alta a partir del año 2016 firmará con el ISSET por la afiliación de sus padres el convenio de aportación extraordinaria garantizado en el sueldo base.
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Firma del convenio para fijar la cuota del trabajador al isset.
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Los padres pasan al área de fotografía y se entrega la credencial. Fin del trámite.
el asegurado solicita ficha en el área de recepción de afiliación. Pasa al área de trabajo social de acuerdo al número de ficha asignado y se revisa la documentación.
Solo para el caso de los asegurados de nueva contratación (a partir del 2016) incremento de la cuota del sueldo base del trabajador, en un porcentaje adicional.
¿Costo y lugar de pago?
Gratuito.
¿Dónde puedo realizar el trámite o servicio y en que horario?
Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco
Departamento de Afiliación de la
Dirección de Prestaciones Socioeconómicas
Av. Esperanza Iris No. 155, Colonia Reforma, Centro, C.P. 86080, Villahermosa, Tabasco.
Lunes a Viernes
08:00 a 15:00 Hrs.
Tiempo de respuesta y resolución
Inmediato previo se reciba el dictamen médico o si el trabajador firma el Convenio de Aportación Extraordinaria, según la Ley aplicable en cada caso.
La afiliación del beneficiario y una credencial para éste con fotografía del ISSET para que reciba atención médica.
¿Quién puede realizarlo?
Trabajadores Asegurados y Pensionados del ISSET.
Responsable del trámite o servicio
Lic. Jeannette Álvarez Hernández
Jefa del Departamento de Afiliación
01(993)358-28-58 ext. 63106
Fundamento jurídico
- Reglamento de la Ley de Seguridad Social del Estado de Tabasco, Artículo 38, Fracción VIII.
- Reglamento Interior del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco, Artículo 16, Fracción II.