Subvenciones destinadas a la contratación temporal de jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para realización de obras y servicios de interés general y social

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Fecha de publicación:

15 de junio de 2015

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones cofinanciadas por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, la contratación temporal por parte de entidades sin ánimo de lucro, de jóvenes incluidos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

¿Quién lo puede solicitar?:

Entidades sin ánimo de lucro que formalicen contratos de carácter temporal, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para ser destinatarios de las contrataciones.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

Las entidades beneficiarias deberán contratar a los jóvenes que se encuentren inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Podrán inscribirse en el Fichero las personas jóvenes que cumplan los requisitos establecidos en la normativa estatal.

En caso de presentación de oferta, las Oficinas de Empleo realizarán la preselección de entre las personas que reúnan los requisitos exigidos, y comunicarán a las entidades el resultado de la misma, a fin de que éstas procedan a la contratación.

Los contratos se formalizarán por un período de, al menos, 6 meses. Si antes de finalizar dicho período se extinguiera el contrato, la entidad beneficiaria podrá contratar otra persona que se encuentre inscrita en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en sustitución de aquélla que causó baja. En ese caso, la sustitución debe producirse en el plazo de un mes desde la fecha de extinción del contrato.

¿Para qué es la ayuda?:

A los efectos de estas subvenciones, se considerarán de interés general y social aquellas obras y servicios que redunden en la satisfacción de las necesidades básicas de los ciudadanos en situación de dependencia, marginación o exclusión social, promuevan el mantenimiento o desarrollo del acervo cultural, se dirijan a la intervención en defensa de la naturaleza y medio ambiente, u otras de utilidad pública.
Además, para que las contrataciones sean subvencionadas:
a) Las obras o servicios se ejecutarán o prestarán en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
b) Se ejecutarán o prestarán en régimen de administración directa.
c) La duración de las contrataciones será de, al menos, 6 meses.
El período de contratación subvencionable será el comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de marzo de 2016.

Cuantía:

El importe de la subvención por cada contrato de duración igual o superior a 6 meses, siempre que la jornada pactada sea igual o superior al 50% de la jornada ordinaria en la entidad o sector, es de 6.000 ?.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud en modelo normalizado, dirigida al Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, indicando los datos personales completos y claramente expresados, acompañada de los originales o copias compulsadas de la documentación que se relaciona a continuación:

DOCUMENTACIÓN a presentar (119 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 16 de junio de 2015 hasta el 6 de julio de 2015

Más Detalles:

20 días naturales computados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución de convocatoria en el BOCyL.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)

Gestor:

Servicio Promoción de Empleo e Inserción Laboral

Que resuelve:

Presidente del Servicio Público de Empleo

Plazo de resolución:

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán desestimadas por silencio administrativo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

Justificación

  • El pago de la subvención se realizará una vez justificado el cumplimiento de las condiciones señaladas en la Orden EYE/353/2015, y en la Resolución de concesión de la subvención, previa liquidación definitiva. Para ello se deberá presentar la documentación justificativa (Ver Resolución de convocatoria) en el plazo de 45 días naturales computados desde el día siguiente a la finalización de la actividad subvencionada.

Compatibilidad

  • Estas subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones públicas para la misma finalidad. El importe en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos otorgados por otras Administraciones, Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2016, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se da publicidad a los beneficiarios de subvenciones concedidas al amparo de la Resolución de 3 de junio de 2015, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la contratación temporal de jóvenes incluidos en el sistema nacional de garantía juvenil, por entidades sin ánimo de lucro, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en la Comunidad de Castilla y Leónpara 2015. (BOCyL 13-04-2016)


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