Solicitud de Concesión para prestar Servicio de Transporte Público.
Dependencia/Entidad:
Secretaria de Comunicaciones y Transportes
Unidad Respon:
Despacho del Secretario de Comunicaciones y Transportes
Clasificación:
trámite
Sector:
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES - CAMINOS
Área que lo ofrece:
Despacho del Secretario
Responsable:
Sergio Martínez Sánchez
Cargo del Res.:
Secretario Particular del Secretario de Comunicaciones y Transportes
E-Mail del Resp.:
sct_smartinez@slp.gob.mx
Clave Interna:
Descripción:
Las personas físicas o morales pueden solicitar por escrito el otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de transporte para el sistema de transporte de pasajeros o de carga.
Dirigido a:
Ciudadanía
Comprobante a recibir:
Folio de Recibido
Tiempo de Respuesta:
10 días hábiles
Vigencia:
Permanente
Periodo de recepción de solicitudes:
Todo el año, excepto días inhábiles.
Hora de recepción:
De 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes hábiles
Página Web:
http://sctslp.gob.mx
Observaciones:
El artículo 33 la Ley de Transporte Público establece que Para el otorgamiento de concesiones de servicio público de transporte en las modalidades de urbano, interurbano, foráneo y automóvil de alquiler, el titular del Ejecutivo con la asistencia de la Secretaría, deberá elaborar y publicar en el Periódico Oficial del Estado, conjuntamente con la convocatoria, la declaratoria de necesidades respectiva, que justifique el incremento de las concesiones existentes de acuerdo con la modalidad de que se trate. En la elaboración de la declaratoria de necesidades, el titular del Ejecutivo por conducto de la Secretaría, deberá tomar en cuenta la propuesta de los ayuntamientos involucrados, en lo que corresponda al ámbito de la jurisdicción territorial de los municipios respectivos. Así mismo el artículo 37 señala que El otorgamiento de concesiones en los casos a que se refiere esta Ley, se realizará a través de un concurso, atendiendo a los estudios técnicos que demanden las necesidades del servicio . NOTA: En ningún caso se otorgarán concesiones a quienes habiéndolas tenido se les hayan anulado o revocado, o las hayan enajenado bajo cualquier figura jurídica, o hayan cedido o transferido sus derechos bajo cualquier forma o denominación, en contravención a lo dispuesto por esta Ley.
Última Modificación:
2019-04-23
Formato:
Requisitos
Concepto
Requisito
Requisitos para la solicitud de concesión persona física
1.- Presentar solicitud por escrito dirigida al Titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, especificando: a).- Nombre, b).- Dirección, c).- Teléfono d).- correo electrónico, e).- Modalidad para la que solicita la concesión, f).- Municipio para el que solicita la prestación del servicio. 2.- Nacionalidad Mexicana y Mayor de edad, se acredita con: a).- Acta de Nacimiento o Naturalización. b).- Credencial para votar, Pasaporte vigente. 3.- No haber cedido cedido los derechos de otra concesión en los términos señalados en los ordenamientos de la materia, o no haber perdido los derechos de la concesión por nulidad o revocación.
Requisitos para la solicitud de concesión persona moral.
1,- Presentar solicitud por escrito dirigida al Titular de la Secretaría d de Comunicaciones y Transportes, especificando: a).- Razón Social, b).- Dirección, c).- Teléfono d).- Correo electrónico, e).- Modalidad para la que solicita la concesión. f) Municipio para el que solicita la prestación del servicio. g).- Número de unidades para las que solicita la concesión. 2.- Ser de nacionalidad mexicana 3.- Acreditar la existencia legal de la sociedad y las facultades con que cuenten sus representantes, en los términos de las leyes aplicables. 4.- Presentar su acta constitutiva y sus estatutos en los términos de la Ley de Inversión Extranjera, y en su objeto social considerar expresamente la prestación del servicio público concesionado de transporte de pasajeros. 5.- Demostrar capacidad de inversión para la compra, arrendamiento o financiamiento de unidades, instalaciones e infraestructura que se requieran para la prestación del servicio. 6.-Acreditar capacidad administrativa y técnica para atender satisfactoriamente la prestación del servicio de que se trate. 7.- Cuando se trate de entidades que con anterioridad hayan prestado el servicio de transporte público, o lo estén prestando, deberán comprobar que lo han hecho con eficacia.
Costos
Concepto
Monto
Trámite / Servicio
Gratuito
Fundamento Jurídico
Fundamento Jurídico
Fecha de Publicación
Reglamento a la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí: Artículo 5, 10, 11 fracción III
POE 12/04/2017
Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí: Artículos 31, 32, 33 y 34
POE 21/03/2019
Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: Artículo 6 fracciones VIII y IX
POE 01/03/2016
Ubicación
Descripción
Responsable
Dirección
Ubicación
Teléfono/Fax
Secretario de Comunicaciones y Transportes
Fernando Chávez Méndez
Av. Muñoz No. 650 2º Piso, La Condesa, San Luis Potosí, S. L. P. C.P. 78170
(444) 812-10-88
(444) 814-89-08
(444) 812-06-77
Fax: (444) 812-10-88