Autorización para impartir Educación Preescolar

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia/Entidad:

Secretaria de Educacion

Unidad Respon:

Coordinacion General de Planeacion

Clasificación:

trámite

Sector:

EDUCACIÓN

Área que lo ofrece:

Departamento de Registro y Certificación

Responsable:

Profa. Eva Arriaga Hernández

Cargo del Res.:

Jefa del Departamento de Registro y Certificación

E-Mail del Resp.:

registroycertificacion_slp@hotmail.com

Clave Interna:

Descripción:

Responde a la solicitud de persona física o representante legal de persona moral para impartir Educación Preescolar en el Estado.

Dirigido a:

Planteles Educativos Particulares.

Comprobante a recibir:

Autorización para impartir Educación Preescolar

Tiempo de Respuesta:

25 días a partir de admitir la solicitud.

Vigencia:

Indeterminada, mientras no se solicite el retiro de la Autorización y/o no proceda su revocación

Periodo de recepción de solicitudes:

Permanente

Hora de recepción:

8:00 a 15:00 hrs

Página Web:

Observaciones:

Última Modificación:

2019-05-03

Formato:

http://rutys.slp.gob.mx/administracion/app/formatos/Secretaria de Educacion/Coordinacion General de Planeacion/833/Requisitos_Preescolar_.pdf

Requisitos

Concepto

Requisito

1. Requisitos establecidos de la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosi, Artículo 78

Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios, se otorgarán solamente cuando los solicitantes cuenten: I.- Con el personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación, conforme al perfil que cada nivel educativo requiera y en su caso, satisfagan los demás requisitos a que se refiere esta Ley; II.- Con instalaciones escolares que satisfagan las condiciones higiénicas pedagógicas y de seguridad para los usuarios, así como para el personal docente, administrativo y manual; y III.- Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes, en el caso de educación distinta de la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica.

2. Requisitos establecidos en el Acuerdo 357

Consultar archivo: http://rutys.slp.gob.mx/administracion/app/formatos/Secretaria%20de%20Educacion/Coordinacion%20General%20de%20Planeacion/833/Requisitos_Preescolar_.pdf


Costos

Concepto

Monto

Por solicitud, estudio y resolución del trámite de autorización.

$1,007.00


Fundamento Jurídico

Fundamento Jurídico

Fecha de Publicación

Ley General de Educación, artículo 14, Fracción IV y Capítulo V

DOF 19/01/2018

Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí Artículo 22, fracción XI y Artículo 78.

POE 03/07/2018

Acuerdo número 357 por el que se establecen los requisitos y procedimientos, relacionados con la autorización para impartir Educación Preescolar

DOF 03/06/2005

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 3°

DOF 14/03/2019

Decreto 0050.- Ley de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2019, Anexo único, numeral 44, página 128.

POE 09/01/2019


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