Reconocimiento de Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 773)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Determinar los requisitos y condiciones que han de cumplir las Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre para ser reconocidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
-La sede de la Escuela Regional de Animación y Educación en el Tiempo Libre de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia está situada en C/ Mariano Ruiz Funes, 18, Bajo-30007 Murcia
-En la Carta de servicios de la Dirección General de Juventud figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"7. Resolver, en un plazo máximo de 3 meses, las solicitudes de reconocimiento de las Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia".
Destinatarios
Empresas y otras Entidades y Administración.
Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre de la Región de Murcia.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES
DIRECCION GENERAL DE JUVENTUD (A14028777)
Requisitos de solicitud o iniciación
Ser persona física o jurídica, que deseando ser reconocido como Escuela de Animación y Educación en Tiempo Libre, cumpla los requisitos del artículo 5 del decreto 36/1999, en materia de reconocimiento de las mismas:
a) Los estatutos de las escuelas, que habrán de contener, como mínimo:
Denominación específica, que no sea coincidente o similar a otras ya reconocidas.
Domicilio social.
Ámbito territorial en que se van a desarrollar principalmente sus actividades.
Fines y objetivos.
Órganos de dirección, representación, participación y administración, normas de funcionamiento y recursos económicos.
b) Equipo directivo. Todas las escuelas tendrán un equipo directivo integrado, al menos, por el director y el profesorado estable. El equipo directivo tendrá las siguientes funciones:
Marcar las líneas estratégicas y operativas de la escuela.
Aprobar y evaluar la programación anual de la escuela.
Determinar los criterios de evaluación de los alumnos.
Designar el coordinador y el profesorado de los cursos.
Determinar las modalidades de las prácticas.
c) La dirección de la escuela estará a cargo de un titulado universitario de grado medio o superior, preferentemente en los campos de Educación o Ciencias Sociales y estar en posesión del título de Director de Tiempo Libre.
d) El profesorado estable deberá ser especialista en las diferentes materias que se impartan, debiendo tener la correspondiente titulación, diploma o certificación de organismo público. El 50% de ellos, al menos, deberá tener la correspondiente titulación de Director de Tiempo Libre. En los niveles y cursos formativos que las escuelas impartan correspondientes al programa de la Comunidad y que soliciten el diploma de la Comunidad Autónoma, el 75% de las horas lectivas, como mínimo, deberá ser impartido por profesorado del claustro de la escuela.
Reconocimiento de Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Modelos e información para solicitudes
- Solicitud de reconocimiento de Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre
- Información protección de datos - 773
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Reconocimiento de Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE JUVENTUD
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A TURISMO, JUVENTUD Y DEPORTES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa