Gestión de Procedimiento ante la Secretaría de Finanzas y Administración, para la Entrega de Garantías Pendientes a la Entrada en Vigor del Código de Desarrollo Urbano, para Municipalización de Fraccionamientos.

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Casos

Una vez terminadas las obras de urbanización del fraccionamiento, el propietario solicita al H. Ayuntamiento respectivo, la municipalización, y a su vez, el H. Ayuntamiento solicita a esta Secretaría su participación. Se realiza una inspección en conjunto (SEMACCDET), H. Ayuntamiento, propietario y un representante de la Unión de Colonos, si existe), se levanta el acta de inspección y de acuerdo con lo observado, se procede a la elaboración del Dictamen Técnico-Jurídico, sí se cumplen las obligaciones conferidas en la autorización, se formula el acta de Entrega-Recepción de Fraccionamiento Municipalizado, para su posterior liberación de garantías correspondientes (fianza o hipoteca) que solicita el propietario del fraccionamiento (Aplica en autorizaciones anteriores al 2007 que entró en vigor el Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo).

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