Devolución de Vehículos.
Actualizado el 10 de febrero de 2020
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Casos
A petición del interesado, al haberse retenido el vehículo por violar lo preceptuado en el artículo 58, fracción III, (reformado el 2 de mayo del 2018), de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán de Ocampo, articulo 39, de su reglamento y, 98 (reformado el 14 de febrero de 2018), de este último.