Ayudas para el mantenimiento permanente de inmuebles y sus instalaciones generales
Tienen por objeto fomentar en los propietarios de vivienda una mayor cultura de cuidado de los edificios desde el inicio de su vida útil, articulando ayudas específicas para facilitar a los propietarios el cumplimiento del deber legal de conservación y la contratación de un contrato de mantenimiento permanente. Este contrato tendrá por objeto las revisiones periódicas que deban realizarse con arreglo a lo establecido en el Plan de mantenimiento del edificio o las mínimas establecidas por las normas. La duración mínima del contrato de mantenimiento será de 1 año, si bien, para fomentar la continuidad de estas contrataciones, se podrán subvencionar sus prórrogas y renovaciones.
Requisitos
- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter residencial, que firmen el contrato de mantenimiento permanente de inmuebles y sus instalaciones generales en las condiciones indicadas en el artículo 6 de la Orden 6/2014, de 25 de julio, antes de que finalice el año 2016.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
- Esta ayuda será incompatible con las ayudas concedidas por cualquier Administración, entidad u organismo público para la misma finalidad.
Condiciones del contrato
- El contrato de mantenimiento del edificio tendrá por objeto las revisiones periódicas que deban realizarse con arreglo a lo establecido en el Plan de mantenimiento del edificio o las mínimas establecidas en el Anexo de la Orden 6/2014, de 25 de julio.
- La duración mínima del contrato de mantenimiento será de 1 año. Se podrán subvencionar las prórrogas o renovaciones del contrato de mantenimiento del edificio, previa solicitud en la correspondiente convocatoria de ayudas, siempre y cuanto la duración de la prórroga o la renovación sea como mínimo de 1 año.
- La fecha de firma del Contrato de mantenimiento del edificio podrá ser anterior a la entrada en vigor del Decreto 31/2013, de 25 de julio, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2013-2016
Contenido de las ayudas
La ayuda consistirá en una subvención máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del contrato de mantenimiento del edificio en el periodo del año de vigencia.
Documentación
- Solicitud
Documentación a aportar:
- Contrato en vigor de mantenimiento del inmueble y recibo de pago de la última anualidad vencida a la fecha de la convocatoria.
- Ficha de alta de terceros, debidamente cumplimentada por banco o caja de ahorros y firmada por el representante.
- En el caso de comunidades de vecinos o agrupaciones de comunidades, C.I.F. de la comunidad de propietarios y acta de la reunión en la que contenga:
- Acuerdo de solicitar ayudas por la formalización del contrato de mantenimiento integral del edificio.
- Nombramiento del representante de la comunidad, para intervenir en la tramitación del expediente.
- Número de viviendas que integran el edificio.
- Metros cuadrados de superficie útil de los locales incluidos en costes.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
-
Plazo de presentación de solicitudes
Entre el 8 de abril de 2016 y el 31 de mayo de 2016.
Fin de plazo: 31 de mayo de 2016
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Plazo de resolución y notificación
La resolución se dictará y notificará en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOR de la resolución de convocatoria correspondiente.
Más información
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Normativa:
Decreto 31/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2013-2016.
Orden 6/2014, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en la Comunidad Autónoma de La Rioja de las ayudas del Programa de apoyo al mantenimiento permanente de inmuebles y sus instalaciones generales del Plan de Vivienda de La Rioja 2013-2016.
-
Sentido de silencio (silencio administrativo):
Negativo
-
Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Fomento y Política Territorial
- Órgano competente: Dirección General de Urbanismo y Vivienda
- Unidad tramitadora: Servicio de Inspección, Ordenación y Planes
- Cargo que resuelve: Consejero de Fomento y Política Territorial
Contacto
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