Exentar la medición directa en ductos y chimeneas de fuentes fijas. - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)
Información Rápida
Objetivo
Permite a los establecimientos exentar la medición directa de emisiones en ductos y chimeneas, siempre que demuestren que sus emisiones no superan los límites permitidos y no han realizado modificaciones que aumenten dichas emisiones.
¿Quién puede solicitarlo?
Establecimientos que cuenten con Licencia de Funcionamiento o Actualización de Licencia de Funcionamiento y que tengan emisiones a la atmósfera.
Requisitos principales
- Ser un establecimiento de jurisdicción estatal con emisiones a la atmósfera.
- Contar con Licencia de Funcionamiento o Actualización de Licencia de Funcionamiento.
- Justificar y manifestar que las emisiones de contaminantes a la atmósfera no rebasan los límites máximos permisibles.
- Demostrar que no ha habido modificaciones en los procesos, actividades y equipos de combustión que incrementen las emisiones a la atmósfera.
Plazos
La solicitud debe presentarse 180 días antes de la presentación de la Cédula de Operación Anual (COA).
Duración del trámite
15 días hábiles
Información adicional
La solicitud de exención debe presentarse con 180 días de anticipación a la presentación de la COA correspondiente.
Resumen
Este trámite, gestionado por la Secretaría de Medio Ambiente (SMA) a través de la Subsecretaría de Gestión Ambiental, permite a los establecimientos exentar la medición directa de emisiones en ductos y chimeneas de fuentes fijas. Para ello, deben demostrar que sus emisiones no superan los límites permitidos y que no han realizado modificaciones que incrementen dichas emisiones. Este trámite es de tipo Autorización y se realiza de manera presencial.
Quién puede usar este servicio
Establecimientos que cuenten con Licencia de Funcionamiento o Actualización de Licencia de Funcionamiento.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Instrumento que acredite la personalidad del solicitante (electrónico, copia simple).
- Instrumento que acredite la personalidad del representante legal (electrónico, copia simple).
- Documento que acredite al prestador de servicios, en caso de contratar alguno (electrónico, copia simple).
- Plano conjunto de los puntos de generación de contaminantes, especificando los puntos de emisión que se solicitan exentar, incluyendo coordenadas UTM WGS84 (electrónico, copia simple).
- Estudios de medición directa de todos los puntos de emisión correspondientes a los cuatro años anteriores (electrónico, copia simple).
- Documento resumen que acredite que no se rebasan los niveles máximos permisibles (electrónico, copia simple).
- Documento que justifique y manifieste que las emisiones no rebasan los límites máximos permisibles y que no existieron modificaciones que incrementaran las emisiones (electrónico, copia simple).
Costes y plazos
- Costo: Gratuito.
- Plazo de resolución: 15 días hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Descargar el formato de solicitud de la página oficial de la Secretaría (www.sma.gob.mx), en la sección de Gestión Ambiental, Gestión Integral de la Calidad del Aire y RETC, Trámites de Calidad del Aire y RETC.
- Llenar el formato y adjuntar los requisitos solicitados.
- Guardar la información en una memoria USB.
- Entregar la memoria USB en la ventanilla única de la Secretaría de Medio Ambiente.
Después de hacerlo
- La vigencia de la exención se establecerá en el resolutivo de autorización.
Ayuda
- Contacto:
- REGIÓN SURESTE: blanca.rangel@coahuila.gob.mx
- REGIÓN LAGUNA: mariaadely.juarez@coahuila.gob.mx
- REGIÓN NORTE: Rosa.galvan@coahuila.gob.mx
- Página Web: www.sma.gob.mx