Constancia de Registro de Grupo Voluntario - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener la constancia de registro para grupos voluntarios de Protección Civil que participan en la prevención, auxilio y apoyo a la población en casos de desastre.

¿Quién puede solicitarlo?

Representante legal de un grupo voluntario de Protección Civil.

Requisitos principales

  • Ser un grupo voluntario de Protección Civil debidamente organizado y capacitado.
  • Designar un representante legal.
  • Presentar la documentación requerida.

Plazos

Vigencia de 12 meses.

Duración del trámite

15 días naturales

Información adicional

El registro debe renovarse anualmente.

Resumen

Este trámite permite a los grupos voluntarios de Protección Civil obtener una constancia de registro ante la Subsecretaría de Protección Civil del estado de Coahuila. Este registro es necesario para que los grupos puedan participar en actividades de prevención, auxilio y apoyo a la población en caso de desastres.

Quién puede usar este servicio:

  • Representantes legales de grupos voluntarios de Protección Civil.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de que tu grupo esté debidamente organizado y capacitado.
  • Reúne todos los documentos necesarios.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud en formato libre para obtener el registro.
  • Acta Constitutiva Certificada del Grupo.
  • Nombre, dirección, teléfono y correo electrónico del titular responsable del grupo.
  • Identificación actualizada de cada uno de los integrantes del grupo.
  • Directorio de los integrantes especificando nombre, especialidad, teléfono y domicilio.

Costes y plazos:

  • Costo: Gratuito.
  • Vigencia: 12 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Entrega de documentación completa en la Subsecretaría de Protección Civil.
  2. Revisión documental por parte del gobierno.
  3. Registros internos de control.
  4. Expedición de oficio de respuesta.
  5. Entrega de documentos al solicitante.
  6. Registro y archivo.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 15 días naturales.
  • Una vez obtenida la constancia, el grupo puede operar legalmente.
  • Recuerda renovar el registro anualmente.

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