Autorización para la liberación de ejemplares - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

Actualizado el 8 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite a personas físicas o morales liberar ejemplares de vida silvestre en el territorio nacional para fines de repoblación, reintroducción, traslocación o reubicación.

¿Quién puede solicitarlo?

Interesados, representantes legales o terceros con carta poder.

Requisitos principales

  • Ser persona física o moral interesada en liberar ejemplares de vida silvestre.
  • Presentar la documentación requerida de manera completa y correcta.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento.

Plazos

En cualquier momento

Duración del trámite

5 días hábiles

Información adicional

La vigencia de la autorización dependerá del periodo que la Secretaría estime necesario y autorice para llevar a cabo la liberación propuesta.

Resumen

Este trámite, gestionado por la Secretaría de Medio Ambiente (SMA) a través de la Dirección de Vida Silvestre, permite obtener la autorización para liberar ejemplares de vida silvestre en su hábitat natural. Este proceso es necesario para personas físicas o morales que deseen llevar a cabo actividades de repoblación, reintroducción, traslocación o reubicación de especies.

Quién puede usar este servicio:

  • Interesados
  • Representantes legales
  • Terceros con carta poder

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cédula profesional o cartilla del servicio militar). En caso de representación legal, se requiere carta poder firmada ante dos testigos y copias de las identificaciones correspondientes.
  • Proyecto de repoblación, reintroducción o traslocación que incluya:
    • Evaluación previa de los ejemplares y del hábitat.
    • Plan de manejo con acciones de seguimiento e indicadores.
    • Control sanitario de los ejemplares a liberar (si aplica).
  • Formato FF-SEMARNAT-102 debidamente llenado.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Recepción: El ciudadano presenta la solicitud y los documentos requeridos.
  2. Revisión de requisitos: Se verifica que la documentación esté completa y correcta.
  3. Integración: Se integra la documentación al expediente.
  4. Evaluación-Dictamen: Se evalúa la información y se emite un dictamen.
  5. Resolutivo: Se emite la resolución correspondiente.

Canales de atención:

Es posible agendar una cita llamando al TELEFONO 844 6981098 EXT. 7255.

Después de hacerlo

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver el trámite es de 5 días hábiles.

Ayuda

Contacto:

  • Dirección de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente (SMA)
  • Teléfono: 844 698 1002
  • Correo Electrónico: buzon@sma.gob.mx
  • Página Web: www.sma.gob.mx

Recursos adicionales:


Preguntas frecuentes

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